Las conceptualizaciones que nos formulan tanto el filósofo Enmanuel Kant como el jurista, también alemán, Robert von Mohl, sobre el estado de derecho aluden a una sociedad cuyos miembros, todos, se rijan por el imperio de la ley, lo cual va a propiciar por un lado, el cumplimiento de los deberes ciudadanos y el disfrute de sus derechos, y por otro, la autoridad sometida al control de la ley, lo cual evitará acciones que coarten los derechos fundamentales de las personas.

La concreción del estado de derecho es una responsabilidad estatal indelegable que recae, principalmente, en los poderes púbicos, iniciando por el Poder Ejecutivo como cabeza del Estado.

Por consiguiente el Estado está en el deber de propiciar las condiciones para que los ciudadanos puedan acceder al disfrute de sus derechos fundamentales dentro del más amplio espectro de garantías y libertades y para eso debe crear los instrumentos que garanticen el disfrute pleno de los derechos fundamentales, sin necesidad de intervención de la justicia.

La incursión del ciudadano por ante los tribunales para el reconocimiento de sus derechos, refleja la debilidad del estado de derecho, ya que la necesidad de judicialización de los reclamos es una muestra clara de la ausencia de estructuras que permitan, al ciudadano, el disfrute de sus derechos fundamentales.

La tutela judicial debe ser la última ratio, para cuando el Estado incumpla con su misión de garante del estado de derecho.

El  Ministerio de Justicia sería la institución que asumiría el conjunto de responsabilidades estatales como la protección de los derecho fundamentales de las personas, la responsabilidades institucionales, la coordinación de las agencias investigativas, las responsabilidades del monitoreo normativo, y las responsabilidades administrativas, entre otros.

La concreción de un procurador general independiente requiere de una ingeniería constitucional que implique la modificación de algunas disposiciones y la creación de otras

Es imprescindible una visión holística de la perspectiva, ya que para la consecución de los fines perseguidos se requiere resolver temas como la designación, la permanencia en el cargo, las garantías propias de la función, entre otros.

La creación del Ministerio de Justicia debe ser hecha en la misma reforma constitucional que viabilice la total y real independencia de todos los integrantes del sistema de justicia, ya que se requiere que muchas de las funciones que hoy desempeña el Ministerio Publico vuelvan al fuero del Poder Ejecutivo

También se requiere de la creación de las instituciones que efectivicen los procesos de investigaciones y las regulaciones normativas que en las que esta se han de sustentar.

Entre las instituciones que son necesarias crear tenemos:

  1. La Dirección Nacional de Investigación
  2. La Dirección Nacional del Merito Ciudadano
  3. La Dirección General de Tutela
  4. La Dirección General de Protección de Víctimas y  Testigos de Delitos

Dirección Nacional de Investigación

Sería una institución con alto estándares de investigación integrada por un personal con la más alta calificación y competencia investigativa, avalados por instituciones de reconocida capacidad formativa a nivel internacional.

Creado como un órgano superior de investigaciones de amplia gama, con facultad de investigación sobre cualquier infracción de carácter  público o privado que se cometa en cualquier institución nacional.

El combate efectivo a la criminalidad en la República Dominicana ha sido una tarea inconclusa, debido principalmente a la falta de voluntad política, voluntad que también se encuentra ausente para los temas de corrupción pública y privada.

Solo la persecución del delito común presenta cierto grado de permanencia en el país, y esto se debe a la categoría social de los imputados de estos hechos, los cuales pertenecen a los más bajos extractos sociales.

Cuando el ilícito se eleva por otros estadios sociales la investigación es prácticamente nula.

No importa lo bochornoso del hecho descubierto y denunciado, esto se resuelve con una sobria declaración del titular de la institución en la que, con rostro circunspecto y de mucha sobriedad, niega lo denunciado y sanseacabó.

Actualmente todas estas instituciones gozan de un absurdo fuero investigativo.

En cada una de esas dependencias se han producido hechos que han requerido de investigaciones por parte de un organismo nacional de naturaleza independiente, pero esto nunca ha ocurrido.

Para la sanidad de la institucionalidad democrática todos los organismos del país deben estar bajo el escrutinio de las autoridades nacionales.

El listado de instituciones que en el país no son objeto de fiscalización ni de supervisión es enorme, situación que ha servido para todo tipo de abusos y despilfarro del patrimonio público.

Son verdaderos cotos cerrados, verdaderas islas que ejecutan las acciones sin ningún tipo de control institucional.

Constituye un eufemismo las seudoinvestigaciones que se llevan a cabo en algunos organismos, las cuales son hechas por las mismas personas que están siendo cuestionadas.

Quién investiga en este país lo que ocurre a lo interno del congreso por ejemplo,  institución a la que no creo le quepan más imputaciones de situaciones que han requerido una investigación seria.

Otras instituciones que deben estar dentro de fiscalización investigativas son:

  1. Cámara de Cuentas;
  2. Las Fuerzas Armadas y La Policía Nacional;
  3. Poder Ejecutivo;
  4. Poder Judicial;
  5. Tribunal Constitucional;
  6. Tribunal superior Electoral;
  7. El Ministerio Público;
  8. La Dirección Nacional de control de Drogas;
  9. La Junta Central Electoral;
  10. 10.Instituciones y asociaciones empresariales;
  11. 11.Universidades públicas y privadas;
  12. 12.Sistema Penitenciario;
  13. 13.El Cuerpo Diplomático; y
  14. 14.Otros.

Dirección Nacional del Mérito Ciudadano

Dirección Nacional del mérito ciudadano, sería un órgano perteneciente al Ministerio de Justicia encargado de coordinar y dirigir lo relativo al mérito ciudadano; distinción establecida por la ley para reconocer a los ciudadanos de comportamientos cívicos y familiares ejemplar.

Dirección General de Tutela

Órgano perteneciente al Ministerio de Justicia responsable de la coordinación, asignación y  supervisión de las labores de tutelas que se establezcan en el país

Dirección General de Protección de Víctimas y  Testigo de Delitos

Institución dependiente del Ministerio de Justicia responsable de la protección de las víctimas y los testigos de delitos.

Instituciones que estarían bajo la dependencia del Ministerio de Justicia

  1. La Procuraduría General de la República
  2. La Dirección Nacional de Investigación
  3. La Policía Judicial
  4. La Oficina Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados y en Litigio
  5. La Dirección Nacional de Control de Drogas
  6. El Consejo Nacional de Drogas
  7. La Dirección General Penitenciaria
  8. La Defensa Pública
  9. La Dirección Nacional del Merito Ciudadano
  10. 10.La Dirección General de Tutela
  11. 11.La Dirección General de Protección de Víctimas y  Testigo de Delitos

Aclaro en este último punto que dependencia no equivale a sumisión jerárquica,  de manera que cada institución conservara la independencia funcional que le otorgue la constitución.

En la siguiente entrega abordaremos los aspectos normativos en los que considero se deben trabajar, así como las distintas etapas en las que debe ser dividido el proceso.