El sistema de justicia dominicano está integrado por el Poder Judicial y el Ministerio Público, este último que es la rama del Poder Ejecutivo que representa a sociedad por ante el Poder Judicial para cumplir con las responsabilidades que la constitución le asigna al Poder Ejecutivo en todo lo relativo al estado de derecho y la protección de los derechos fundamentales.
El mecanismo asignado por el poder político para la conformación del sector justicia ha estado matizado por el permanente nombramiento de personas sometidas a su total sumisión y que por lo tanto protejan sus intereses, que no son otros que cubrirles las espaldas, ante todos los desmanes que se saben capaz de cometer en la administración pública. Contrario a los otros dos poderes, El Ejecutivo y El Legislativo, que son de elección popular, con lo cual, debido al nivel de legitimación, gozan de mayor perspectiva de independencia.
Sin embargo, esta circunstancia por si sola, no debería ser motivo de preocupación si los políticos actuaran conforme al rol tan trascendental que la constitución le ha asignado a este importante poder del Estado y obraran en consecuencia, dotándolo de las herramientas para que pueda llevar a cabo su invaluable misión de ser arbitro de todos los conflictos que se susciten a lo interno de la sociedad.
Pero al actuar siempre con el propósito de mantener el control de este poder ha sido la razón fundamental por la que el sector justicia nunca ha podido desempeñar eficientemente su rol, mismo que no ha permitido que hayamos podido desarrollarnos como nación.
Cada grupo político que ha llegado al poder se ha tomado el tiempo para diseñar un sistema de justicia que le proteja antes sus desafueros y que a la vez, persiga a sus adversarios políticos y que por supuesto proteja a sus allegados.
Desde aun antes de que fuéramos república el poder político ha tenido un férreo control sobre el sistema de justicia.
El resultado ha sido catastrófico y se manifiesta en el permanente bajo nivel de aceptación y credibilidad que mantiene el sistema de justicia frente a los ciudadanos a quienes está llamado a proteger y a servir.
Por primera vez en toda nuestra historia, un candidato presidencial y ahora presidente electo se ha comprometido con dotar a ese importante sector de la independencia requerida para que pueda cumplir con su misión institucional, por lo que deberíamos tomarle la palabra.
La independencia del sector justicia es una tarea inaplazable.
Todos debemos hacer conciencia de que la razón fundamental de vivir en una sociedad tan sórdida como la nuestra, es por no tener un sistema de justicia capaz de marcar las directrices para obligar a todos los asociados a actuar con los niveles éticos que propicien la construcción de una sociedad organizada y más justa para todos.
Este es el país del absurdo, en el que todo lo mal hecho es posible, por supuesto sin consecuencia.
La propuesta del presidente electo gira en torno a la selección de un procurador general de la República, independiente, por lo que en esta primera entrega iniciaremos por hacer los señalamientos que, a mi juicio, deben ser tomados en cuenta para la consecución de tales propósitos, dejando lo relativo a los aspectos estructurales, organizativos, normativos y metodológicos para unas próximas entregas.
Conforme al artículo 169 de la Constitución de la República: “El Ministerio Público es el órgano del sistema de justicia responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, dirige la investigación penal y ejerce la acción pública en representación de la sociedad”.
Es responsable de la protección de los derechos fundamentales de las personas, sobre todo en el curso de los procesos.
Tiene además responsabilidades institucionales, tales como:
- Lo referente al sistema carcelario;
- Control de las ejecuciones extrajudiciales;
- Dirección sobre los laboratorios forenses;
- Colaboración judicial internacional;
- Vigilancia y traslados de internos; y
- otros.
También tiene las responsabilidades administrativas de brindar servicios generales a los ciudadanos, tales como:
- La expedición de certificaciones de firmas, actos notariales y oficiales;
- Legalización de firmas;
- Registros;
- Servicios sobre el Estatus del ciudadano;
- Cobros de multas;
- Exequátur;
- Colocación y levantamiento de impedimento de salida del país;
- Registros de instituciones sin fines de lucro; y
- Otros.
La propuesta para una procuraduría independiente lleva consigo, de manera principal, la identificación de los ejes fundamentales sobre los que habrá de erigirse y sustentarse los elementos básicos de esa independencia.
Dentro de los ejes que considero indispensable, sin que por supuesto sean limitativos, podemos señalar:
- Pacto político y social;
- Diseño del perfil para el puesto;
- Creación de instituciones de investigación y seguridad;
- Cambios normativos;
- Forma de elección;
- Permanencia en la función; y
- Otros.
El pacto político y social es imprescindible debido a que, la tarea de dotar al procurador general de las herramientas necesarias para desarrollar una labor conforme al mandato consagrado en la constitución, no debe ser el acto unilateral de un mandatario, ya que el compromiso podría permanecer solo durante el mandato de aquel que se ha comprometido, por esa razón se requiere de un consenso aprobatorio de toda la clase política y social del país, como una manera de logra su permanencia en el tiempo.
De ese pacto debe surgir una comisión integrada por representantes de todos los sectores, que tendrá la misión de desarrollar todas las gestiones necesarias para la construcción normativa y de su implementación
El paquete normativo tiene por finalidad hacer los ajustes de cuantas normas sean necesarias para lograr la viabilizarían de los fines propuestos
Se requiere además la creación de instituciones imprescindible para el combate a la criminalidad y restructuración de algunas de las existentes, las cuales requerirían de una redefinición de su rol
Una de las instituciones cuya creación requiere de la más extrema urgencia es la del Ministerio de Justicia; esto así porque con la implementación de la procuraduría general independiente habrá que separar lo que son las responsabilidades estatales con respecto a la protección de los derechos fundamentales y servicios generales a los ciudadanos, y el rol que tiene que desempeñar en lo relativo a la persecución de los sospechosos de cometer delitos.
No se trata de una institución nueva en la República Dominicana, de hecho el Ministerio de Justicia surgió con la República misma.
En efecto, desde la elaboración de la primera constitución dominicana se consagraba la coexistencia de dos organismos, el Ministerio de Justicia (art. 109) y el Procurador Fiscal (art. 131), ambos con responsabilidades muy específicas.
El Ministerio de Justicia fue suprimido en dos ocasiones, la primera vez en el año 1931, mediante la ley 79 del 28 de enero; pero fue creada de nuevo en el año 1934, Ley 786, y vuelta a disolver finalmente mediante la Ley Núm. 485, del 10 de noviembre de 1964, pasando sus atribuciones a la Procuraduría General de la República.
El Estado es el garante principal del Estado de Derecho y de la protección de los derechos fundamentales de las personas, razón por la cual, de cumplirse con la anhelada aspiración de dotar al procurador general de una real independencia funcional, el Estado está en el deber de reasumir los servicios que antes le había delegado al ministerio público y que se justificaba por el nivel de total dependencia de esa institución, al Poder Ejecutivo
Esos servicios y responsabilidades que saldrían del ámbito del procurador general serian asumidos por el Ministerio de Justicia al cual, por supuesto, se le añadiría una serie de competencias institucionales que complementen su eficacia operativa, tales como la coordinación de todas las agencias investigativas y la configuración de una equilibrada estructura de colaboración y representación de la rama ejecutiva con el Poder Judicial.
Con la creación del Ministerio de Justicia el Estado dispondrá del instrumento responsable de garantizar el disfrute pleno de los derechos fundamentales sin necesidad de intervención de la justicia, ya que esta institución estará evaluando permanentemente las actuaciones de las instituciones públicas y privadas en su invasión al fuero ciudadano.