En las últimas semanas, la Comisión Nacional de Defensa a la Competencia (Pro-Competencia), ha desarrollado activa labor de Abogacía de la Competencia, una de sus principales atribuciones legales de actuación. Sus otras atribuciones principales son:

  1. La función reglamentaria o perfeccionamiento del Estado de derecho aplicable a su normativa especial, conforme mandato del legislador. El Reglamento de Aplicación de la ley, sometido a consulta pública junto a otras resoluciones particulares dictadas por el Consejo Directivo, constituyen su primer desarrollo reglamentario.
  2. La función promocional o educativa, de naturaleza preventiva, la cuál el organismo gestiona a través de su página web, redes sociales y otras actividades presenciales. Son destacables las novedosas infografías en diseño multimedia circuladas, para comprensión rápida y simple de conceptos complejos en favor de la sociedad.
  3. Y, por último, sus cruciales funciones remediales, la dirimente y la sancionadora, a través de la investigación, solución y juzgamiento de casos concretos. En la actualidad, al menos cuatro casos son analizados en la fase de investigación formal a cargo de su Dirección Ejecutiva; estos podrían pasar a la fase ulterior de solución de las controversias,  juzgamiento y eventual empleo de la potestad sancionadora.

En el caso de los estudios de mercado realizados en el marco de  la Abogacía de la Competencia, estos revisten un atractivo carácter dual. Sus diagnósticos pueden permanecer en el ámbito preventivo, de advertir únicamente barreras estructurales, derivadas por ejemplo, de ayudas estatales, que requieran la atención legislativa o regulatoria de los poderes de Estado competentes (legislativo o ejecutivo).

O bien, podrían diagnosticar la presencia de elementos conductuales, es decir, indicios razonables o evidencias de prácticas comerciales realizadas por partes privadas prohibidas en la ley, por resultar contrarias a la libre y leal competencia. En ese último presupuesto, los estudios traspasan la esfera preventiva y pasan a ser piezas claves para actualizar las funciones remediales del organismo. La iniciativa podrá venir de la Dirección Ejecutiva o de partes afectadas con interés legítimo, como ya ha ocurrido al menos en dos casos: Cursa una investigación de oficio y fue admitida una denuncia por parte con interés legítimo, derivadas de estudios realizados en los mercados de cerveza y seguros, respectivamente.

En atención a su atribución legal de Abogacía, a la fecha Pro-Competencia, ha hecho públicos varios estudios:

  1. Un "Estudio sobre las condiciones de competencia en el mercado de seguros de la República Dominicana".
  2. Un "Estudio sobre las condiciones de competencia en el mercado de medicamentos de la República Dominicana"
  3. Un "Estudio de competencia en el mercado de cervezas de la República Dominicana post fusión: Cervecería Nacional Dominicana y AMBEV".
  4. Un "Estudio sobre Condiciones de competencia en el mercado del transporte terrestre en la República Dominicana a tenor de la Sentencia núm. 00416-2016 emanada de la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo".
  5. Y, finalmente, ha anunciado el inicio de un "Estudio sobre trámites de obtención y renovación de registros sanitarios".

El impacto económico y social de los sectores analizados y los efectos legales derivados de la realización de los estudios, indican al mundo empresarial dominicano, que la cultura de cumplimiento en materia de defensa a la competencia, cobra imperio y advierte innegables riesgos u oportunidades, según el caso, en el desempeño de sus operaciones. Todas las empresas industriales o de comercialización de productos y servicios en la jurisdicción dominicana, en especial aquellas con riesgos por dominancia, necesitan identificar y evaluar su niveles de cumplimento a las políticas nacionales de competencia.

Para mayor concreción de la función de Abogacía, en esta misma semana Pro-Competencia ha publicado un instrumento titulado "Lineamientos generales para la elaboración de Planes de Cumplimiento en materia de política de Competencia". Los lineamientos, son pautas generales y los requisitos mínimos que a criterio del organismo, deben mostrar los programas empresariales de cumplimiento en la materia, también conocido como antitrust compliance programme. Este documento tiene 21 páginas, posee un carácter no vinculante y fue elaborado tomando como referencias, las recomendaciones del mismo tenor, de órganos reguladores homólogos, entre los que el documento menciona, la Comisión Federal de Competencia (COFECE) de México y la Fiscalía Nacional Economica de Chile.

Los lineamientos de Pro-Competencia, perfilan anatomía bastante parecida al instrumento que ha servido de referencia a muchos órganos reguladores nivel mundial. Me refiero al instrumento "Las Herramientas de Cumplimiento de la ICC", publicado por la Cámara de Comercio Internacional y reconocido mundialmente como la guía más acabada para el desarrrollo de esta categoría de programas.

Conocida en inglés como "The ICC Antitrust Compliance Toolkit" y disponible a todo interesado, en la red de Internet, la guía de la ICC contiene 83 páginas y fue elaborada por abogados corporativos de grandes empresas, tales como Shell, Unilever y Schindler, así como, con la colaboración firmas de abogados especializadas en antitrust compliance programmes.

Conviene a toda empresa y a sus asesores legales y económicos, con operaciones en la jurisdicción dominicana, conocer ambos lineamientos. Indudablemente la versión de Pro-Competencia destaca aquellos aspectos que ha considerado indispensables el organismo y lo más importante, instrumentaliza un procedimiento de certificación oficial de cumplimiento a la Ley No. 42-08. La guía de la ICC, ofrece un panorama ampliado y detallado para fines de diseño e implementación, desde la perspectiva empresarial. Para lograr un óptimo modelo de gestión, el definitivo punto de partida se encuentra en los lineamientos de Pro-Competencia. La guía de la ICC constituye un complemento idóneo para estructurar, paso a paso, los lineamientos generales destacados por el organismo regulador dominicano.

En una subsiguiente entrega, abundo sobre las ventajas extendidas por Pro-Competencia en sus lineamientos, y los elementos de know how que provee la guía del ICC. Finalmente, aportaré consideraciones sobre la vocación de esta herramienta de Abogacía, para generar efectos pro-competitivos en los distintos mercados.

Este es un destacable aporte de Pro-Competencia que amerita ser debidamente aprovechado por la oferta, esto es, las empresas y elogiado por la demanda representada por la sociedad.