“República Dominicana es un país próspero, donde las personas viven dignamente, apegadas a valores éticos y en el marco de una democracia participativa que garantiza el Estado social y democrático de derecho y promueve la equidad, la igualdad de oportunidades, la justicia social que gestiona y aprovecha sus recursos para desarrollarse de forma innovadora, sostenible y territorialmente equilibrada e integrada y se inserta competitivamente en la economía global”.
El párrafo citado anteriormente es La Visión de la Nación de Largo Plazo contenida en la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, pieza jurídica que abarca el ejercicio por parte del sector público nacional de sus funciones de regulación, promoción y producción de bienes y servicios, así como la creación de condiciones básicas que propicien la sinergia entre las acciones públicas y privadas para el logro de dicha Visión de la Nación de Largo Plazo y los objetivos y metas de dicha Estrategia, a través de los cuatro ejes estratégicos que la conforman:
Primer Eje que procura un Estado Social Democrático de Derecho; Segundo Eje, que procura una Sociedad con Igualdad de Derechos y Oportunidades; Tercer Eje, que procura una Economía Sostenible, Integradora y Competitiva y Cuarto Eje, que procura una Sociedad de Producción y Consumo Ambientalmente Sostenible que Adapta al Cambio Climático.
El artículo 54 de la END expresa que: “Se establece un plazo de 180 días, a partir de la promulgación de la presente ley, para que el Poder Ejecutivo dicte el Reglamento que instituye los procedimientos para la efectiva implementación de la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030”.
En estos días el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo ha puesto a disposición del público en general el contenido del “Anteproyecto de Reglamento de Aplicación Ley Orgánica No. 1-12 de la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030” con la finalidad de que toda persona o institución que sienta el interés de aportar sus comentarios pueda hacerlo con el valor de que puedan ser considerados e incluidos en el Reglamento final para luego ser sometidos, como se manifiesta en el artículo 53 de la Ley 1-12, ante el “Poder Ejecutivo por el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, previa consulta al Consejo de Ministros, a los Poderes Legislativo, Judicial y al Consejo Económico y Social”.
El Anteproyecto de Reglamento de Aplicación de la Ley Orgánica No. 1-12 de la Estrategia Nacional de Desarrollo de la República Dominicana 2030 está disponible en el enlace:
http://www.economia.gob.do/UploadPDF/Anteproyecto_Reglamento_Aplicacion__Ley1-12.pdf
Y todo aquel que esté interesado en hacer llegar sus comentarios al Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, puede hacerlo antes del 13 de agosto ya sea de manera física a la sede de dicha institución en la Avenida México esquina Doctor Delgado o de forma digital al correo electrónico end@economia.gov.do.
Una vez esté listo y aprobado este Reglamento, seremos testigos de cómo y de qué manera se irá logrando todo lo que se presenta en la END.