Según reportes del Ministerio de Salud Pública alrededor de catorce provincias están libres de coronavirus o por lo menos no se ha reportado o detectado , en ellas, ninguna persona afectada por la enfermedad que éste produce.

Una de las provincias donde no se ha identificado algún contagiado es la provincia de El Seibo. Allí se ha suscitado una discusión sobre la posibilidad legal de las autoridades locales de cerrar el acceso de personas a Santa Cruz de El Seibo y a Miches.

Lo cierto es que dentro de las potestades legales de los ayuntamiento y de las gobernaciones provinciales no se encuentran las de restringir la circulación por las vías públicas y limitar el acceso a las ciudades. Como es sabido el presidente de la República recibió del Congreso, mediante resolución, la autorización para limitar la circulación pública asi como la reunión de personas producto del estado de emergencia previamente declarado conforme lo establece el artículo 265 de la Constitución, por tanto sólo el presidente puede legalmente ejercer estas potestades.

Pero sin necesidad de ser experto sanitarista es fácil razonar sobre la conveniencia de aislar a los pueblos aparentemente no contaminados.

Así como nos aislamos los individuos exentos del virus y bajo la misma lógica del cierre de las fronteras de las naciones, así mismo luce conveniente restringir el acceso a los pueblos donde no haya sido detectado el virus para evitar su contaminación.

Frente a esta disyuntiva de derecho y sobrevivencia,  en Miches y en el Seibo han decidido actuar al margen de la ley pero amparados en el entendible instinto de conservación. Han creado barricadas para imponer lo que debió ser dispuesto por decreto presidencial. Que esto sea formalizado es un lógico reclamo.