Precisamente ahora, cuando todas las candidaturas han sido admitidas y, por lo tanto, no pueden ser retiradas ni rectificadas por los partidos o agrupaciones que las presentaron, salvo muerte, renuncia, inhabilitación o rechazamiento, algunos líderes partidarios se han referido a la necesidad de aprobar con urgencia la Ley de Partidos, como si no fueran los responsables y beneficiarios de su deliberada inexistencia.

La esperada Ley de Partidos, lo mismo que la reforma de la anacrónica Ley Electoral del año 1997, debió ser aprobada en el primer semestre del 2010, el año de la Reforma Constitucional, para concretar la constitucionalización de la democracia interna y la transparencia de los partidos y agrupaciones políticas, instituida en el artículo 216 de la Carta Sustantiva.

Sin embargo, a pesar de que en el año 2012 se celebrarían Elecciones Nacionales Presidenciales, las primeras luego de la entrada en vigencia de la nueva Constitución Política, ni la Ley de Partidos ni la reforma a la Ley Electoral fueron consideradas por las élites partidarias para su aprobación. Tampoco fueron tomadas en serio por los líderes de las formaciones que controlan el Congreso Nacional, a pesar de las reiteradas promesas de que serían aprobadas, durante el período constitucional que finalizará el próximo 16 de agosto.

¿Por qué estas leyes, que tan solo dependían de la voluntad de dos o tres líderes políticos, no fueron aprobadas antes del actual proceso electoral? Sencillamente porque el próximo 15 de mayo estarán en juego 4,106 cargos, entre ellos los de Presidente y Vicepresidente de la República, cuyos candidatos las oligarquías partidarias, siguiendo la lógica de la Ley de Hierro del sociólogo alemán Robert Michels, no podían dejar a la libre elección de los militantes de los partidos políticos. Además consideraron, por la misma razón, que no era conveniente la implementación de normas que garantizaran la equidad en la presente campaña electoral.
En ese sentido, la Ley de Partidos debe garantizar, entre otros derechos, la participación de los militantes en la formación de la voluntad del partido, el ejercicio del sufragio activo y pasivo en la escogencia de los cargos de elección popular y de dirección del partido, así como la igualdad y equidad en las competencias internas. Por otro lado, para la concreción del referido mandato del artículo 216, debe contener mecanismos que obliguen a los partidos a funcionar con transparencia.

Si la Ley de Partidos se hubiese encontrado vigente al momento de escoger los candidatos y candidatas, muy probablemente, la campaña no se habría ensangrentado, como consecuencia de los conflictos internos de los partidos. Del mismo modo, con una Ley Electoral sintonizada con la Constitución Política, tendríamos una campaña electoral más equitativa y transparente.

Sin embargo, Consummatum est, todo se ha cumplido como fue planificado por las élites partidarias. Las candidaturas, en su mayoría, están en manos de aquellos a quienes ellas decidieron favorecer. La democracia interna fue desterrada de los partidos. La campaña entra a su fase final, caminando a tientas hacia la lejana integridad.

Ahora solo nos queda tomarle la palabra, una vez más, a los que hoy, cuando ya es tarde, promueven la aprobación de la Ley de Partidos, para ver si la sostienen del 16 de agosto en adelante.