El comercio transfronterizo recibe innovaciones con elementos requeridos a las personas físicas o jurídicas en el intercambio de bienes y servicios entre países, en busca de la simplificación, la agilización y la competitividad. De ahí que ha surgido una figura ajustada a las demandas globales sujeta a un marco legal delimitada por una normativa nacional.
Esta figura motiva a los interesados a cumplir con las formalidades y requisitos establecidos para el análisis y la confirmación de las informaciones suministradas que servirán para la validación y la toma de decisiones que permitirá a la autoridad competente emitir la certificación correspondiente.
Ese fundamento ha sido creado en el sector gubernamental como OEA, que no es la Organización de Estados Americanos, sino el Operador Económico Autorizado, iniciativa que surge de los organismos internacionales vinculados al comercio, a la aduana y a la seguridad en frontera, establecido para el caso de República Dominicana mediante el Decreto número 144-12, de fecha 22 de marzo de 2012, detalles que pueden visualizarse en el portal www.aduanas.gob.do.
En el sector privado, igualmente se ha creado el BASC (Business Alliance for Secure Commerce), alianza empresarial internacional definida como una asociación sin fines de lucro, cuyo marco regulador es la Ley número 122-05, de fecha 8 de abril de 2005, sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones Sin Fines de Lucro. Es un programa definido que promueve y apoya el incremento de estándares de seguridad y protección del sector exportador dominicano.
Sobre esta temática surgen algunas interrogantes acerca del OEA y el BASC: ¿Por qué necesita una certificación OEA o BASC para realizar un comercio entre países para tener la apertura de forma segura, ágil y simple en los puertos, aeropuertos y puntos fronterizos? ¿Por qué OEA? ¿Por qué BASC? ¿Qué relevancia tiene una y otra certificación en la gestión del comercio global? ¿Qué garantía te ofrecen estas certificaciones para facilitar el comercio y evitar los improvisados obstáculos al realizar una gestión con la mercancía que sale o entra al país? ¿Qué consideración tienen quien o quienes han recibido estas certificaciones para facilitar el comercio?
De estas interrogantes surge la importancia que se le otorga a la persona física o jurídica que logra cumplir con la lista de requisitos y las garantías necesarias para recibir la certificación OEA (Operador Económico Autorizado) que otorga la Dirección General de Aduanas como entidad gubernamental, y el BASC (Business Alliance for Secure Commerce), que otorga la Alianza Empresarial Internacional con adopción de los requisitos mínimos de seguridad C-TPAT.
Al obtener una certificación para ser un OEA o BASC se debe cumplir con las disposiciones legales vigentes, los procesos y procedimientos definidos, por los controles necesarios que el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones son elementos fortuitos para la trazabilidad y posterior auditoria en cada transacción comercial, esto así por el compromiso para ofrecer un servicio para simplificar, agilizar y facilitar el comercio internacional seguro.
El BASC tiene presencia Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Guatemala, México, Panamá, Perú, República Dominicana y Venezuela, información que se puede visualizar en el portal www.basc.org.do.
De igual manera, más allá de las directrices de la OMA (Organización Mundial de Aduanas) por los pilares definidos en el Marco Normativo SAFE, la apertura entre aduanas y aduanas, aduanas- empresa y aduanas- Estado, la aplicación de la Ventanilla Única del Comercio Exterior, la capacitación del capital humano para realizar una labor comprometida con ética, integridad y transparencia, son elementos que a su tiempo florecen acciones para lograr en cada actor de la cadena logística que recibe estas certificaciones, acciones sobre las buenas prácticas aduaneras, sean Exportadores, Importadores, Zonas Francas, Navieros, Agentes de Aduanas, Consolidadores de carga, Operador Logístico u otros grupos aliados al comercio que realizan gestiones con mercancía en la entrada y salida dentro del territorio nacional e internacional.
De igual manera, en las transacciones comerciales internacionales hay que considerar las especificaciones contempladas en la Ley número 155-17, de fecha 1 de junio de 2017, Ley contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo que busca sustituir y derogar la Ley número 72-02, sobre el lavado de activos provenientes del tráfico ilícito de drogas, de fecha 7 de junio de 2002.
En adición a la certificación obtenida para persona física o jurídica, se hace necesario una labor conjunta entre los gestores de la Cadena Logística Internacional para socializar en el portal de sus gremios o en sus portales los costos estimados de los servicios que ofrece de manera que esa información se transparente y se tenga a mano un dato preliminar que permita hacer sus proyecciones en busca de toma de decisiones, a decir una estimación por ruta, por gestión o servicio. Esta información se vale hoy de una cotización y de informaciones que son manejadas a criterio de quien ofrece el servicio, lo que genera una brecha entre los costos estimados que serán definitivos dependiendo de la habilidad negociadora al momento de precisar el servicio.
De igual manera, saber cuánto me cuesta el servicio de transporte por las diferentes modalidades y de las rutas más demandadas – Estados Unidos, China, Costa Rica, Guatemala, Haití, Europa, África, Rusia u otros mercados permite obtener una información con simplicidad en tiempo real, lo que ayuda a la facilitación del comercio, eliminar obstáculos, agilizar la gestión en puertos, aeropuertos y transporte terrestre en fronteras, dar mayor uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, más cuando existen los GPS, los rayos x y otros mecanismos de control transfronterizo.
Auguro cada vez más éxitos a las personas físicas y jurídicas que se han certificado como OEA y BASC, a sabiendas de que las acciones en el comercio se realizan con el conocimiento y el cumplimento de las reglas legales establecidas, los procesos, los procedimientos definidos y el seguimiento necesario, como son parte de los lineamientos para la medición de tiempo y reducir los costos logísticos por las buenas prácticas realizadas en el comercio trasfronterizo.