SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La reacción que tuvo la empresa Transcontinental Capital Corporation (Bermuda), LTD. (Seabord) a la resolución 0022-2021 del Ministerio de Medio Ambiente fue una llena de advertencias.

En esta decisión del ministerio, a la compañía se le rechazó operar de forma simultánea las barcazas generadoras de electricidad “Estrella del Mar II” y “Estrella del Mar III”, en el río Ozama.

En un comunicado, Seabord indica que la referida resolución “violenta los derechos adquiridos” de la compañía, y consecuentemente, abogará “en las debidas instancias institucionales y diplomáticas y, de ser necesario, en las instancias internacionales disponibles”, para hacer valer el contrato de concesión suscrita con el Estado hasta el 2030.

La compañía indica que sus abogados estudian la resolución, para responderla tomando todas las condiciones legales que tienen a su alcance. “Medio Ambiente no establece ningún criterio objetivo para explicar su decisión, toda vez que no cita ninguna situación de incumplimiento o violación, por parte de nuestra empresa, de la normativa ambiental en cualquiera de sus dimensiones, como tampoco cita ningún incidente de seguridad, salud, o ambiente en nuestra larga historia de operaciones”, critica la compañía que resalta que en 30 años no ha tenido este tipo de incidentes.

La empresa también dijo que recibió la resolución de Medio Ambiente el 30 de abril pasado a las 5:00 de la tarde, justamente una hora después de que la compañía pagara más de RD$1,000 millones al Estado, por concepto de impuestos aduanales para permitir el ingreso de la planta Estrella del Mar III.

Explica que las estimaciones de costos que hizo Medio Ambiente es de por lo menos RD$600 millones para construir esta infraestructura, y dos años para ponerla en funcionamiento. “Esta estimación técnica no incluye el costo de indemnización de Seabord en varios cientos de miles de millones que habría que pagar como resultado de la discontinuidad del Estado, si por motivo de esta resolución resultara inviable nuestra concesión”, insiste.

La carta cierra con la advertencia de que los costos intangibles para la República Dominicana, serían aún más altos como destino de inversión confiable, donde se respeta la seguridad jurídica y la institucionalidad.

Lo que dice la resolución

La resolución del 30 de marzo del 2020 otorgada en el Gobierno pasado permitía en una misma autorización la operación simultánea de ambas barcazas en la margen occidental del Río Ozama, entre los puentes Juan Pablo Duarte y Ramón Matías Mella, Muelle Timbeque ubicado en el sector Villa Francisca, del Distrito Nacional con una capacidad de generación de 260MW.

Acogiendo una recomendación de la Superintendencia de Electricidad para otorgarle la concesión definitiva para operar ambas unidades, la empresa procedió a solicitar al Ministerio de Medio Ambiente dos licencias por separado, petición que fue rechazada por las actuales autoridades de Medio Ambiente en la resolución emitida el 30 de abril del 2021. En consecuencia, la empresa solo tendrá una Licencia Ambiental por dos años no renovable para operar la unidad “Estrella del Mar III” que funciona a gas natural y sustituirá la actual barcaza Estrella del Mar II.

La reciente decisión del Ministerio de Medio Ambiente modificó la licencia ambiental no. 0003-01-RENOVADA, del 30 de marzo del 2020, otorgada a la empresa, para la instalación y operación del proyecto “Estrella del Mar II”, para que indicara lo siguiente:

El proyecto “Estrella del Mar III”, consiste en la sustitución de la barcaza de generación eléctrica “Estrella del Mar II”, propiedad de Transcontinental Capital Corporation (Bermuda), LTD. (SEABORD) por una nueva unidad de generación. El proyecto contempla la instalación de una barcaza de dos turbogeneradores de 50 MW cada uno, que utilizaran Gas Natural como combustible y una caldera de recuperación de vapor (HRSG) que estará alimentando otro turbogenerador de 50 MW para totalizar una generación de 150 MW”.