Mucho se ha estado hablando de un nuevo paquete de impuestos que se estarían conociendo en el presente año 2021, los cuales, todos esperamos con grandes expectativas. Se especula que para este año se observaría una disminución en la tasa de impuestos sobre los bienes y servicios industrializados y en  contraprestación habría una ampliación del gravamen (ITBIS) en la cantidad de bienes y  servicios industrializados que alcanzaría, con la excusa de mitigar la inflación originada por la pandemia del coronavirus, sin embargo, esto juega a ser  un arma de doble filo.

Los impuestos son las semillas principales del desarrollo de la economía de un país, ya que,  gracias a la eficiente recaudación tributaria, los Estados pueden impulsar el bienestar social, mejorando la calidad de vida de los ciudadanos; suponemos que este es el objetivo de la recaudación de los mismos, destinarlos a los sectores que deben brindar seguridad, salubridad y educación, no obstante, en nuestro país todos los años se amplía esta cuota de impuestos y la mejoría social a la cual debe ser destinada es escasamente notable. Se responsabiliza a la baja recaudación  y al alto gasto público que en el país no se logre todavía visualizar la solución a las necesidades básicas  que se plantean resolver todos los años en todos los gobiernos.

Todo esto apropósito de la reforma fiscal que se espera en el presente año 2021 y que se ha venido anunciando desde el año 2020, debido al cambio de administración en el Estado. También se recomendó hablar de un pacto fiscal una vez se inaugurara la nueva gestión, y que se alimenta de la puesta en marcha de la Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo (END), en esta se hace constar la necesidad de un pacto fiscal previamente a la realización de una reforma en ese ámbito.

Recordemos que un pacto fiscal es diferente de una reforma fiscal, se habla de  reforma fiscal cuando  existe un cambio en la legislación impositiva de un país, se habla de aumentar, crear o suprimir nuevos impuestos y un pacto fiscal  es un  acuerdo político de los distintos sectores sociales, mediante el cual parte de la agenda pública es convertida en programas  y políticas de Estado, en este acuerdo se debe también de determinar la cuantía de los recursos requeridos, su origen  y  las reglas de su asignación y ejecución[1].

Por lo que, un pacto fiscal debería de ser capaz de permitir la orientación de la política fiscal, a través de una agenda de reactivación económica que incluya la revisión  de la estructura impositiva, en cuanto a la equidad y progresividad de los impuestos, tasas, deducciones, exenciones y exoneraciones, transparencia  y rendición de cuenta. Resulta tan benefactor para la sociedad que  en  Latinoamérica y Europa ha presentado los siguientes niveles de éxito:

El pacto fiscal firmado en marzo 2012 por veinticinco países  de los que integran la Unión Europea, para consagrar la austeridad en los tratados. También el caso de Guatemala, cuyo pacto fiscal data del año 2000 y que le sirvió a ese país como pilar esencial para los acuerdos de paz, otro caso es el de Costa Rica, el cual es otro ejemplo importante, pues tiene un pacto fiscal que data del año 2002, y que le ha permitido establecer políticas concretas de protección al medio ambiente e incentivar las exportaciones. Otro caso muy evidente ha sido el del Salvador donde el pacto fiscal, firmado en el 2003, ha servido a ese país como “Guía del Presupuesto General para el Ciudadano”, y el caso de Argentina que en 1992 firmó el Pacto Fiscal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento.

En lo que concierne a la Republica Dominicana, la Ley 1-12, de Estrategia Nacional de Desarrollo (END), establece como una prioridad para el país la de impulsar una reforma fiscal integral, basada en la progresividad y transparencia tributaria, orientada a financiar el desarrollo sostenible y garantizar la sostenibilidad de largo plazo de las finanzas del sector público consolidado, en el marco de una ley de responsabilidad fiscal que permita implementar políticas contra cíclicas y establezca normas y penalidades para garantizar su cumplimiento.

Nuestro Sr. Presidente de la República Dominicana, Lic.  Luis Abinader, está consciente de que es necesaria una reforma fiscal profunda a los fines de actualizar el actual sistema tributario; La República Dominicana ha sido objeto de diversas reformas fiscales, implicando la incorporación paulatina de  nuevos impuestos o ciertos incrementos de las tasas impositivas. Un ejemplo de esto  se empieza a constatar en el 1992 la cual trajo consigo la eliminación de exoneraciones e incentivos y de alguna manera modernizó el sistema tributario hasta ese momento. Más adelante en el 2005, se dio una amnistía fiscal mediante Ley 183-07 para los contribuyentes cuyas deudas eran anteriores al año fiscal 2006.

Luego en el año 2011 se publica la Ley 139-11, la cual estableció un impuesto al régimen simplificado para el pago del impuesto a la Renta  a los casinos con la finalidad de financiar el mayor gasto en educación. Más tarde se aprobó la Ley 253-12 cuya finalidad fue incrementar la presión en educación.

En la actualidad y dada la pandemia originada por el virus del COVID-19 el gasto público como hemos mencionado  se ha incrementado como efecto rebote a las medidas de seguridad y salubridad tomadas por los gobernantes de turno, por lo que se ha verificado una baja en la presión tributaria, es decir, en  la relación  de ingresos por impuestos y el Producto Interno Bruto (PIB), que ya existía en la República Dominicana de aproximadamente el 14% según lo señalado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la caída de los ingresos corrientes RD$ 48,716.2 millones  en los primeros nueve meses del 2020 es la razón por la que se ha hecho necesario plantear una reforma fiscal para el presente año que cursamos.

Es así como en octubre del 2020, se considera en el proyecto  de Presupuesto General del Estado  para el 2021, la incorporación de medidas tributarias como un impuesto a las ganancias extraordinarias de las empresas de un 8%, nuevos gravámenes al Gas licuado de Petróleo (GLP), ampliación de la base impositiva y aumento de tasas para los bancos comerciales, el gravamen con 3% de la compra de dólares, imposición a los servicios digitales y una mayor imposición a personas  físicas. Es por tales motivos, que debemos de abocarnos a un pacto fiscal  en el que se considere: A) la reducción de la evasión fiscal (impuestos sobre la renta –ISR- y el impuesto a la transferencia de bienes industrializados y servicios-ITBIS), B) elevar la calidad del gasto, y C) elevar la presión tributaria.

Sin embargo, es conveniente hablar de una reforma fiscal en medio de una crisis económica provocada por la Pandemia del COVID-19, sobre todo porque se tendría que tocar el tema de impuestos seguido de la variable gasto público, que son las dos caras de la moneda que se denomina finanzas públicas. Lo que sí sería oportuno es iniciar un debate sobre la potencial reforma fiscal con el objetivo de resolver las distorsiones del sistema tributario.

Finalmente en un pacto fiscal  o reforma tributaria  no debería en este momento de existir la elevación de los impuestos sino todo lo contrario una revisión de las áreas que deberían privilegiarse y una disminución para que se haga más equilibrado el sistema tributario, sin embargo, se tendrían que atacar otros problemas como el de la desigualdad que se genera a través de los impuestos indirectos pero sobre todo el tema de la informalidad  de los trabajadores de la fuerza laboral de la República Dominicana que son los temas que más está afectando la economía dominicana.

[1] La Hera, Eugenio, 2000: Un nuevo Pacto Fiscal: la propuesta de la CEPAL. Elaborado para la Comisión Económica para  América Latina y el Caribe, CEPAL).