Si acaso te has preguntado si los establecimientos comerciales donde se aceptan tarjetas de créditos o de débitos tienen algunas obligaciones con los clientes, y te cuento que sí. Es importante conocer esas obligaciones que garantizan tus derechos como usuario de los servicios financieros, y además protegen tus finanzas personales.

El artículo 18 del Reglamento de Tarjetas de Crédito, aprobado por la Junta Monetaria en su primera resolución del 7 de febrero del 2013, establece los requerimientos mínimos en los contratos entre las operadoras y los establecimientos afiliados, los cuales tienden a favorecer a los clientes o usuarios del sistema financiero.

Las operadoras (Carnet, Visanet, Azul) suscribirán contratos con los establecimientos afiliados que se comprometen a vender bienes o prestar servicios a los tarjetahabientes, sean estos titulares o adicionales, los cuales deberán estipular como mínimo lo siguiente:

A. Las normas que las partes determinen, tendentes a evitar el uso indebido de la tarjeta, tales como:

  • Verificar la vigencia de la tarjeta de crédito.
  • Verificar la identidad del tarjetahabiente, sean titulares o adicionales, mediante la presentación del documento correspondiente.

B. Especificar que los establecimientos afiliados deben cumplir con lo siguiente:

  • No efectuar cargos adicionales al precio de los bienes y servicios suministrados a los tarjetahabientes, sean titulares o adicionales y aprobados por éstos, con excepción de los legalmente establecidos, los cuales deberán incluirse en el monto de la transacción y no facturarse en forma separada.
  • Exhibir en un lugar visible las marcas de las tarjetas que aceptan, como Mastercard, Visa, American Express, entre otras.
  • No podrán establecer mínimos de compra, ni eliminar descuentos o cualquier beneficio por el uso de la tarjeta, salvo que sean previamente advertidos al consumidor y estén así́ anunciados públicamente y de manera visible en el establecimiento afiliado.
  • Generar comprobante de compra de consumidor final o con valor fiscal, en los casos en que aplique.

C. Las operadoras deben garantizar que el establecimiento acepte todas las tarjetas de crédito y débito para el pago de bienes y servicios, cuyos emisores formen parte de la red con la cual se haya suscrito el contrato de afiliación y con los cuales haya acordado previamente por escrito el monto o porciento del cargo interbancario.

De modo que si sientes que algunos de estos puntos mencionados fueron vulnerados, deberás dirigirte con los medios de pruebas al Departamento de Prousuario de la Superintendencia de Bancos a poner una denuncia o queja contra ese comercio o establecimiento afiliado, para que ellos puedan canalizar dicha denuncia o queja a través de las operadoras de tarjetas, con la finalidad de que tomen las acciones de lugar para preservar tus derechos que tienes como usuarios de los servicios financieros.

Tu Consultorio Financiero es una columna desarrollada por Jesús Geraldo Martínez para Acento.com.do, sobre finanzas personales, para orientar a las personas con conocimientos básicos en finanzas y economía a mejorar su entendimiento, con la finalidad de que puedan desarrollar las habilidades para realizar elecciones acertadas en sus finanzas y mejorar su nivel de bienestar. Para consultar con el autor puede escribir a Jgmartinez20@icloud.com.