A propósito del debate sobre el aborto y las tres causales, es preciso indicar que la despenalización de la interrupción del embarazo al menos en las excepciones propuestas significaría un avance en el desarrollo de los derechos humanos y la justicia social. Pues, no es desconocimiento que la penalización absoluta del aborto no solo empuja a la mujer a practicarse un aborto clandestino, sino que pone en riesgo su salud y vida.
De esta forma, lo indica los estudios de los organismos internacionales autorizados. Según el más reciente informe de la Organización Mundial de la Salud, los abortos clandestinos están dentro de las cinco causas principales de la mortalidad materna en el mundo. Y en uno que realizó en el 2016, se estableció que en los países desarrollados de cada 100,000 abortos ilegales e inseguros se producen 30 defunciones. Mientras que en la región en desarrollo el número aumenta a 220 muertes. Y se estima 520 decesos en el África subsaharina por cada 100,000 abortos clandestinos.
Cabe señalar que muchas de estas muertes se pudieron evitar con el uso de métodos anticonceptivos, la educación sexual, el acceso a servicios de un aborto seguro y la asistencia médica oportuna de las complicaciones que se pudieran presentar a raíz de la interrupción de un embarazo. Este último es de suma importancia, ya que durante un aborto clandestino lo regular es que se presenten dificultades que pongan en riesgo la salud y la vida de la mujer. Por lo que no garantizar un servicio post aborto, sería conducir a muchas mujeres a la muerte, ya que no acudirían a los centros médicos para satisfacer sus necesidades de salud, por el temor a ser denunciadas y posteriormente encarceladas. Pero, además, los médicos serían muy cautelosos, a los fines de no ser involucrados en un hecho antijurídico.
Es necesario no solo observar el tema desde la perspectiva jurídica, científica y/o religiosa, sino también desde el punto de vista de la realidad social de las dominicanas.
Es importante resaltar que el tema de las tres causales tiene su antecedente. No es la creación de un grupo. Las Naciones Unidas llegó a la conclusión que la mujer tiene derecho a decidir en los asuntos relacionados con el aborto, toda vez que una amplia gama de derechos fundamentales son vulnerados cuando el acceso de las mujeres a los servicios de aborto legal y seguro está restringido. Por ejemplo: El derecho a la vida, salud y atención médica, privacidad, autonomía, información, etc. Por lo que han sugerido a sus miembros, donde el país es un Estado Parte, garantizar el servicio en las siguientes eventualidades, tal cual la propuesta del Poder Ejecutivo en el 2014: (i) Cuando exista una amenaza para la vida o salud de mujer; (ii) El embarazo que sea el resultado de una violación o incesto; y, (iii) A causa de la malformación fetal. La mayoría de los países de la región han despenalizado el aborto en estas excepciones, mientras que otros lo permiten sin ningún tipo de condiciones.
Finalmente, la penalización absoluta del aborto pone en peligro a la mujer, especialmente aquellas de los sectores marginados. Es necesario no solo observar el tema desde la perspectiva jurídica, científica y/o religiosa, sino también desde el punto de vista de la realidad social de las dominicanas. Pues, los abortos clandestinos son practicados en su gran mayoría en circunstancias no salubres. Además, los datos inscritos por delitos sexuales son altos. Por ejemplo, en el año 2020 el Ministerio Público registró 1,028 denuncias por violación sexual y 290 sobre incestos. Mientras que en el 2019 hubo 1,403 casos de violación sexual y 436 de incestos. Por lo que es preciso concluir que es injusto continuar con medidas extremas, sin permitir ningún tipo de excepciones.