La reacción de la Presidencia de la República, por las críticas y advertencias expresadas por diversos sectores ante la observación hecha por el presidente Leonel Fernández a la Ley del Tribunal Constitucional, ha sido desproporcionada.

En ningún momento quienes han mostrado preocupación por lo ocurrido han puesto en entredicho esa facultad del jefe del Poder Ejecutivo.

Lo que ha generado alarma en el Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP), en organizaciones de activismo cívico y entre reputados abogados constitucionalistas, no es el hecho en sí de la observación de la citada ley, sino que se observara uno de sus contenidos que se ciñe estrictamente al mandato de la Constitución de la República, es decir el relativo al límite de los 75 años de edad para los jueces que aspiran a ser elegidos para el Tribunal Constitucional.

También ha sido motivo de preocupación el hecho de que la Cámara de Diputados aprobara la pasada semana la Ley del Consejo Nacional de la Magistratura violando el mandato constitucional que exige que las leyes orgánicas, como es ese caso, sean votadas por lo menos por las dos terceras partes de los legisladores presentes en las sesiones, y no por la mayoría simple.

Y como para el caso de la ley observada por el señor Presidente de la República, la del Tribunal Constitucional, ya adelantó el presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, que si fuere necesario se aprobará con mayoría simple, como hicieron con la Ley del Consejo de la Magistratura, es obvio que la preocupación externada por importantes sectores de nuestra sociedad está más que justificada.

Son estos dos aspectos los que han originado las críticas: el límite de los 75 años para se elegido juez del Tribunal Constitucional (que es también requisito obligatorio para la Suprema Corte) y la violación a la obligatoriedad de contar con las dos terceras partes de los legisladores para poder aprobar una ley orgánica.

Que nadie pretenda tomarnos el pelo a todos los dominicanos y dominicanas desviando el debate hacia lo que nadie ha puesto en dudas, la facultad que tiene el Presidente de la República, en tanto que cabeza del Poder Ejecutivo, para observar leyes.

¿Quedó claro?