La decisión de la Suprema Corte de Justicia de declarar la inconstitucionalidad del artículo 46 de la Ley 6132 de Expresión y Difusión del Pensamiento, crea un precedente relevante en el país.
La SCJ puede declarar la inconstitucionalidad, pero de forma difusa, para el caso que conoció entre Hipólito Mejía, Osvaldo Santana y Wilton Guerrero. No aplicaría para la generalidad de los casos si el tema no ha sido decidido por el Tribunal Constitucional.
La cuestión que está por verse es si esta decisión favorece o desfavorece la libertad de expresión. Los principales medios de comunicación del país coinciden en que es favorable, pero queda la duda sobre la desprotección en que quedan a partir de ahora los reporteros, que son casi el último eslabón de la cadena, y el punto más débil.
¿No estamos abonando a que los reporteros se cuiden en exceso, se autocensuren y eviten tener que ir a los tribunales por acusaciones de difamación e injuria, porque ahora no existe la responsabilidad en cascada, sino la responsabilidad directa?
Es un tema de debate, y sobre eso comentamos a continuación: