La sentencia dictada por Francisco Ortega Polanco, como juez especial del proceso preliminar Odebrecht, no deja de ser controversial.

Por lo presentado hasta el momento -habrá que leer la sentencia completa con todos sus detalles- no sabemos qué tanto el juez Ortega Polanco acogió las pruebas, los antecedentes y las presentaciones que hicieron las partes imputadas durante todo el proceso preliminar o qué tanto decidió impartir justicia basado en sus propios criterios.

Este caso es muy importante, porque se trata de un expediente con soborno internacional, en el que están involucrados personajes importantes de la política, el congreso nacional, el gobierno dominicano y el sector empresarial. Habrá que analizar detenidamente la pertinencia del trabajo realizado por el Ministerio Público, su investigación, y la respuesta que ofrecieron las partes imputadas a través de sus abogados en el proceso preliminar..

Es probable que esta decisión del magistrado Francisco Ortega Polanco no encuentre precedentes en la jurisprudencia dominicana, y no precisamente porque no se haya conocido ningún caso de soborno internacional, sino por el criterio con que fueron acogidas las delaciones premiadas para imputar a ex funcionarios y senadores y empresarios, sin que las mismas pudieran ser contrastadas ni los delatores confrontados, como tiene que ocurrir en cualquier sistema judicial.

La sentencia del magistrado Francisco Ortega Polanco se concentró en explicar y justificar la admisibilidad de las delaciones premiadas como medios de pruebas a favor de la acusación del Ministerio Público. El procesamiento de seis de las personas imputadas se hará fundamentalmente por la admisión de las delaciones premiadas como pruebas fehacientes de la culpabilidad (en este caso la acusación o sospecha) de los imputados. El principal testimonio fue ofrecido por el gerente general de Odebrecht en la República Dominicana, Marco Antonio Vasconcelos Cruz, quien en ningún momento acusa o señala a nadie como receptor de sobornos, sino que menciona nombres, y dice que sospecha que pudieron recibir algún estímulo de parte de su representante comercial en el país¿ el señor Ángel Rondón.

El señor Rondón ha dicho que tenía un contrato con Odebrecht y que el dinero recibido de la empresa brasileña fue por trabajo realizado. Hasta ahora no hay pruebas de las transferencias de fondos de parte de Rondón a ninguno de los demás imputados. Es un trabajo pendiente del Ministerio Público.

El magistrado Ortega Polanco concluyó que las delaciones premiadas debían admitirse como documentos de pruebas, y de paso -al hacerlo- estaba condenando a un juicio de fondo a todos los mencionados por Vasconcelos Cruz, con excepción de los que fueron mencionados y excluidos deliberadamente por el Ministerio Público, como son Temístocles Montás, Julio César Valentín, Ruddy González, Radhamés Segura, entre otros.

En ese mismo sentido se entiende y se considera adecuada la decisión del magistrado al excluir al ex senador Jesús Vásquez, quien nunca fue mencionado por Vasconcelos Cruz en su delación premiada, ni por ningún otro ex funcionario de Odebrecht. Ese solo elemento dejaba fuera del juicio de fondo al dirigente político oriundo de Nagua.

La sentencia del magistrado Ortega Polanco deja abiertas muchas interrogantes, pero sobre todo entrega a la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, que conocerá el juicio de fondo, una gran responsabilidad para establecer la culpabilidad o no de los imputados, y las sanciones que corresponden, en un caso que no pone en manos de la justicia todos los elementos envueltos, sino solo una parte, muy pequeña.