Podría parecer una banalidad, pero es importantísimo el análisis de las implicaciones de la decisión de la Suprema Corte de Justicia de declararse incompetente para juzgar a personas que no ejercen funciones públicas y que no tienen privilegio de jurisdicción, luego de haber pasado tres años conociendo el proceso de juzgamiento de los imputados en el caso Odebrecht.

Ese proceso entró al sistema judicial en el 2017, y lo hizo con una espectacularidad impresionante, incluyendo 14 apresamientos, sin olvidar que incluyó a diputados, senadores, ministros, y que el Procurador General de la República, Jean Alain Rodríguez, lo definió como el más grande caso de corrupción de la historia dominicana.

La Suprema Corte de Justicia pasó más de dos años con el proceso en sus manos, y designó a un juez de instrucción, entre sus miembros, para analizar la acusación y emitir una decisión sobre la procedencia o no de juzgamiento de fondo de los implicados. Francisco Ortega Polanco tardó un año para emitir su decisión, dejando fuera al ex senador Jesús Vásquez, luego de que el propio Ministerio Público excluyera a siete de las 14 personas acusadas.

Y ahora es que, en una decisión inesperada, la Suprema Corte de Justicia decide que no es competente para juzgar a los imputados, con la única excepción del senador de San Cristóbal, Tommy Galan. Los cinco imputados restantes deberán comenzar en enero o en febrero del 2020 un proceso judicial normal, a través de un juzgado de primera instancia, luego pasar a tribunales colegiados hasta llegar a la Suprema Corte de Justicia en su condición de corte de casación, porque siendo juzgados en única instancia estaban lesionando derechos fundamentales de los imputados. Ese también fue el argumento de casi todos los abogados defensores, que preferían ser juzgados en tribunales ordinarios.

Esa sentencia tiene relevancia máxima. En primer lugar, el caso se mantendrá en los tribunales por lo menos dos años más, y habrá la posibilidad de revisar nuevas pruebas documentales, llamar como testigos a otros que jamás fueron llamados por falta de diligencia del Ministerio Público, y revisar las llamadas delaciones premiadas de Brasil, por si carecen de interés jurídico en la República Dominicana. Quienes tenían interés de que este proceso se cerrara con premura perdieron la batalla y tendrán que soportar un tiempo más, y las decisiones de jueces de primera instancia y cortes de apelación, antes de que vuelva a la Suprema Corte de Justicia.

En segundo lugar, Luis Henry Molina como presidente de la SCJ salva su rol y se coloca en condiciones de independencia fuera de cualquier duda, respecto del presidente Danilo Medina y del Procurador General de la República. Todo el mundo entiende que el presidente Medina estaba influyendo en ese proceso y quería terminarlo rápido. El presidente de la SCJ no votó disidente de la mayoría de los jueces, aunque otros cinco magistrados sí lo hicieron dejando muy claro su rechazo a la decisión. Tal vez no sea justo decir que esta SCJ responde a los deseos del presidente Medina, ni tampoco su presidente.

Tommy Galán, el único en ser juzgado en condiciones de jurisdicción privilegiada, podría ser condenado para que quede claro que el presidente Luis Henry Molina no tuvo nada que ver con el caso Odebrecht ni con las acusaciones que le hace el Ministerio Público a Galán, de haber utilizado dinero de Odebrecht para sus campañas electorales. Luis Henry Molina fue delegado del Comité Central del PLD en 2016 para orientar y asesorar la campaña de Galán y otros en San Cristóbal. La Condena de la SCJ a Galán sería una señal a las cortes de primera y segunda instancia sobre el destino que debían tener los demás imputados. La única forma que tendría Galán de liberarse de esa condena sería renunciar como senador y correr la misma suerte de los demás imputados en tribunales ordinarios.

El tema da para mucho más. La otra cosa es “el enjambre de besos y el olvido”, como diría Pedro Mir. Y por supuesto el proceso electoral del 2020 y sus resultados, que podrían marcar el curso de los acontecimientos con respecto a este caso. Ya lo veremos en otro comentario editorial.