De forma grosera, desconsiderada, ofensiva, como ya se ha hecho costumbre contra los funcionarios de la presente administración, dirigentes del grupúsculo neonacionalista llamado Fuerza Nacional Progresista amenazó al presidente Danilo Medina en caso de que firmara, como le corresponde hacerlo, el reglamento de la ley 169-14, que restaura los derechos negados por la sentencia del Tribunal Constitucional a los dominicanos de ascendencia haitiana.
Esos grupos, encabezados por el Director de Ética e Integridad Gubernamental del gobierno, Marino Vinicio Castillo, dicen que la propuesta de reglamento viola la Constitución de la República debido a que crea una Unidad Ejecutora de la Ley 169-14, bajo la dirección del Ministerio de Interior y Policía, y le restan calidad al Poder Ejecutivo para crear esa unidad ejecutora.
Se les olvida que el presidente Medina, como bien recuerda Participación Ciudadana, creó una Unidad Ejecutora de la Dirección de Ética y Combate a la Corrupción, cuando firmó el decreto 486-12, para favorecer al doctor Castillo Rodríguez, precisamente.
El presidente Medina está obligado a promulgar el reglamento de la ley 169-14 y se encuentra en una extraña situación, precisamente por la naturaleza del chantaje que le ha sido lanzado públicamente, por funcionarios de su propio gobierno. Y le quitan autoridad al presidente al decir que está siendo manipulado por el Ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, y le restan calidad al gobierno al señalar como traidor a la patria, y depender de las orientaciones de Estados Unidos, al funcionario más alto del gobierno, después del presidente y la vicepresidenta.
Hemos dicho, y lo reiteramos aquí, que el deber de esos funcionarios del grupúsculo llamado Fuerza Nacional Progresista, enquistados en el gobierno, comenzando por Vincho Castillo (Director de Ética), Pelegrín Castillo (Ministro de Energía) , José Ricardo Taveras Blanco (Director de Migración), Norberto Rondón (Embajador encargado de Fronteras), Vinicio Castillo Semán (Diputado), Pascual Prota Henríquez (Director de la Autoridad Nacional de Asuntos Marítimos), entre otros, deben renunciar de las funciones que tienen, y abandonar definitivamente el gobierno, que por las decisiones que ha tomado, según ellos, es contrario a la soberanía nacional.
El reglamento es obligatorio para que la ley 169-14 se cumpla, y el gobierno hizo bien en lanzar la propuesta con un plazo para que quienes deseen opinar lo hagan, incluyendo a los opositores a la ley 169-14, aprobada a unanimidad en el Congreso Nacional. En vez de contribuir con la iniciativa oficial, lo que han hecho es atacarla en forma antidemocrático, desconsiderada, como si estuviéramos viviendo en un régimen de apartheid, que es el ideal para grupos segregacionistas como este que procura el chantaje al presidente dominicano.
En un documento publicado este jueves, Participación Ciudadana ha dicho que “el proyecto de reglamento tampoco viola la sentencia No. 168-13 del Tribunal Constitucional, y mucho menos la disposición constitucional que establece que sus decisiones son definitivas e irrevocables, cuando regula un plan especial de registro y regularización migratoria distinto del establecido en la Ley General de Migración No. 285-04, pues no ha sido el proyecto de reglamento el que lo ha establecido sino la Ley 169-14.
Asimismo, insistimos en que el proyecto de reglamento no viola la Ley No. 659 sobre actos del Estado Civil, pues tanto la Ley No. 169-14 como su proyecto de reglamento lo que establecen es un plan de registro en el libro de extranjería y el otorgamiento de un status migratorio y no el registro en los libros del Estado Civil.
También Participación Ciudadana expresó en el informe remitido al Poder Ejecutivo que no se viola el artículo 6 de la Ley No. 169 -14 cuando el proyecto de reglamento manda al Ministerio de Interior y Policía a tramitar el registro ante la Junta Central Electoral, en vez de ante la Dirección General de Migración, pues es la propia Ley No. 169-14 que establece que “al formularse la solicitud de registro, el Ministerio de Interior y Policía tendrá un plazo de treinta (30) días para tramitarla con su no objeción a la Junta Central Electoral”.
PC entiende que no se viola la ley cuando el proyecto de reglamento pretende crear una Unidad Ejecutora de la Ley No. 169-14, que depende directamente del Ministro de Interior y Policía. Recordando que el reglamento debe ser aprobado por decreto del Poder Ejecutivo. Nuestra organización advierte que si fuese ilegal que un decreto pueda crear una unidad administrativa, también lo sería la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, creada por Decreto No. 486-12 dictado por el presidente Danilo Medina.
Esperamos que en los próximos días el presidente Medina haga la promulgación del reglamento de la ley 169-14, como manda la propia ley que aprobaron en forma unánime el Senado y la Cámara de Diputados.