Tenemos gran respeto por la labor del doctor Antonio Isa Conde, tanto a nivel público como privado, y entendemos que es un profesional responsable, honesto, defensor audaz y valiente de los intereses de la sociedad y la democracia dominicana. Igualmente hemos ofrecido nuestro apoyo a Don Tony Isa como ministro de Energía y Minas (MEM), y lo seguiremos ofreciendo.

Eso no quita que tengamos algunas diferencias, y que las expresemos por esta vía, en respuesta a un documento que nos remitiera sobre la apertura de las operaciones de la minera Falconbridge, en Bonao. Es lo que haremos a continuación:

1. Planteamiento del MEM: "Ha sido depositado el Plan Operativo, contentivo de su Plan Minado por cinco años (2016-2020) donde se excluye a Loma Miranda y donde se establece la zona a explotar durante el referido período, así como los recursos técnicos, maquinarias y las técnicas de minado."

Nuestro comentario: Es precisamente ese documento lo que nos preocupa, pues según este Plan Operativo el nuevo propietario de Falcondo (Americano Nickel Limited) excluye explotar Loma Miranda por los próximos 5 años. ¿Y qué pasará una vez completado dicho período? No existe ningún documento en el que se comprometan a ello. Se trata de un tema de tiempo.

Nuestra sospecha es que, como ya dijeron los abogados de la empresa en un desliz que tuvieron cuando se prohibió explotar Loma Miranda. Luego de los cinco años buscarán ese objetivo, y de no conseguirlo demandarán por daños y perjuicio al Estado Dominicano, y pedirán una reparación de daños ante un jurado internacional de litigio.

2. Planteamiento del MEM: "Respecto a la imposibilidad de minar Loma Miranda, debemos precisar que al margen de la sentencia TC/0167/2013 emitida por el Tribunal Constitucional, y el análisis de su alcance y sus efectos, que pudieran considerarse limitados, tenemos la Resolución que autoriza el reinicio de las operaciones y actividades mineras de la sociedad Falconbridge Dominicana, S. A. emitida por el MEM condicionado y los documentos que la fundamentan, que constituyen sin duda el gran logro del Estado en materia de garantía de no explotación de LOMA MIRANDA además de que al ser una declaración voluntaria y unilateral de los adquirientes de las acciones en Falcondo no exponen al Estado Dominicano al riesgo jurisdiccional de indemnizar a FALCONDO por la restricción, o afectación de sus derechos adquiridos y de la seguridad jurídica."

Nuestro comentario: El nuevo propietario de Falcondo únicamente se ha comprometido a no explotar Loma Miranda durante los próximos 5 años. No hay documento que impida a la empresa buscar la extensión por 20 años sus operaciones en el país.

La resolución emitida por el MEM autorizando el reinicio de las operaciones de Falcondo abre la posibilidad de explotar Loma Miranda porque establece que el nuevo propietario no podrá explotar  Loma Miranda hasta tanto obtenga la licencia social para hacerlo y el permiso del Ministerio de Medio Ambiente. Es cierto que la puerta legal podría estar cerrada por la sentencia del Tribunal Constitucional, pero el propio MEM reconoce que esa sentencia es limitada.

3. Planteamiento del MEM: "Respecto al alcance y efecto de la Resolución que autoriza el reinicio de las operaciones mineras de la sociedad Falconbridge Dominicana, S.A emitida por el Ministerio de Energía y Minas ( ver anexo) podemos expresar:

Restringe efectivamente el título habilitante para actividades mineras en toda el área de la concesión QUISQUEYA I, excluyendo el área de LOMA MIRANDA. Esta es la primera disposición emitida por el órgano rector y competente, que en este caso es el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS el cual es vinculante y compromisorio para Falconbrigde de una exclusión formal del área de LOMA MIRANDA."

Nuestro comentario: Si se lee la Resolución emitida por el MEM se verá que únicamente se hace referencia al compromiso asumido por el nuevo propietario de Falcondo de que no explotará Loma Miranda durante los próximos 5 años; pero deja en el aire si esta zona sería explotada una vez finalizado dicho período.

4. Planteamiento del MEM: "El proceso de evaluación y requerimiento del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS de la transacción trajo como resultado el otorgamiento del compromiso formal de parte de FALCONDO, sus socios mayoritarios y casa matriz de no explotación de LOMA MIRANDA, hasta tanto no se cuente con la licencia medioambiental y social, dándole fuerza a esta última que no está en nuestro ordenamiento jurídico, como un requisito para la explotación minera."

Nuestro comentario: El propio MEM habla de que el nuevo propietario de Falcondo ha asumido el compromiso de no explotar Loma Miranda hasta tanto se cuente con la licencia medioambiental y social.

5. Planteamiento del MEM: "Sobre los compromisos de Americano Nickel así como la sociedad matriz Global Special Opportunities existe una declaración formal debidamente y legalmente apostillada con el compromiso de garantizar 100% del cumplimiento de la obligación de efectuar el pago de los impuestos por concepto de ganancia de capital que sea determinado por concepto de la transacción de la adquisición de las acciones ante las instituciones de impuestos internos (Ver documentación de aval)."

Nuestro comentario: A más de un año del anuncio de la venta (13 de agosto de 2015), no es cuestión de que presenten el compromiso de pagar los impuestos a la ganancia de capital. Es cuestión de que presenten los recibos de pagos de esos impuestos. Sobre este tema escribimos nuestro editorial de este jueves.

6. Planteamiento del MEM: "Sin embargo, y de acuerdo con el “Reporte a la Dirección General de Minería para el periodo enero-junio 2016” se evidencia que las operaciones de producción se han iniciado conforme el Plan de Minado correspondiente al año fiscal 2016; se pueden destacar las fechas siguientes: 23 de marzo de 2016: inicio de las operaciones metalúrgicas con la puesta en marcha de la Planta de Reducción y el Horno Eléctrico No.1 alcanzando de este modo un 50% de la capacidad instalada; 2 de abril de 2016: primera colada de metal re-iniciándose de este modo la producción de ferroníquel, con los primeros embarques de exportación a partir de este mes; de hecho, al cierre semestral del 30 de junio de 2016, se habían exportado un total de 9,761.05 toneladas métricas (T.M.), de una producción total de 11,783.1 T.M., dejando entonces un inventario de 2,022.05 T.M."

Nuestro comentario: La Resolución del MEM que autoriza el reinicio de las operaciones de Falcondo es de fecha 25 de abril de 2016. Según estas informaciones dadas por el MEM, Falcondo habría iniciado sus operaciones antes de recibir la autorización por parte del Estado, lo que puede resultar más que contraproducente y hasta un desconocimiento del organismo estatal que norma la minería dominicana.

El propio Presidente de Falcondo declaró que para reiniciar sus operaciones necesitaban construir una nueva planta de 200MW, pues la planta de energía que utilizaba la empresa fue desmantelada en 2010. La construcción de esta planta demoraría al menos 2 años y una inversión de varios cientos de millones de dólares. La última vez que Falcondo reinició sus actividades debió negociar con AES un contrato de compra de energía por 3 años, que venció en 2013. Sin embargo, Falcondo no ha anunciado al país que ha negociado un nuevo contrato de compra de energía con un generador privado. Y lo que es peor, tampoco cuenta con la subestación eléctrica necesaria para interconectarse a la red pública de alto voltaje, pues la que tenía la desmanteló en 2013, cuando anunció el cierre de sus operaciones. Volver a construir esta subestación demoraría al menos 10 meses y requeriría de un complejo procedimiento legal para ser autorizado a tales fines. Entonces, ¿cómo es posible que Falcondo haya podido reiniciar sus operaciones metalúrgicas (no tiene planta eléctrica lo suficientemente grande para aportar la cantidad de energía que requiere su proceso metalúrgico y tampoco ha negociado un contrato de compra de energía con un generador privado). Es necesario que se explique este asunto. Nuestro temor es que el MEM esté recibiendo informaciones equivocadas, lo cual sería muy pero muy grave en una entidad bajo la dirección de una persona tan recta y honesta como Antonio Isa Conde.

7. Planteamiento del MEM: "Del mismo modo es importante subrayar que, además de las operaciones metalúrgicas mencionadas anteriormente, se han realizado unas labores geológicas de importancia, de conformidad con el Plan de Minado 2016-2020, resultando en la extracción del tonelaje de las lomas activas con el detalle siguiente:

Loma Guardarraya: 282,768 T.M.

Loma Taina: 201,985 T.M.

Loma Peguera: 121,240 T.M.

Loma Caribe: 245,085 T.M.

Total Extraído hasta 30-06-2016:      851,078 T.M.

Nuestro comentario: Cuando Falcondo anunció el cierre de sus operaciones en 2013, vendió casi todos sus equipos pesados para la minería. ¿Cómo ha podido realizar en 2016 este enorme movimiento de tierra? ¿Puede la empresa aportar pruebas sobre la existencia de los equipos de minería necesarios para ello? ¿Puede aportar pruebas sobre la contratación de otras empresas para la realización de estos trabajos?

Con estas notas esperamos concluir este tema. Y ofrecemos nuestro total apoyo a las gestiones que en este asunto realiza el MEM. Los nuevos dueños de Falcondo probablemente siguen una tradición, de escamotear información confiable a las autoridades. Sin embargo, sabemos que en el caso del doctor Isa Conde, sería poco probable que ocurriera sin que él y su equipo lo detecten y lo sancionen.