Pedimos encarecidamente a la Cámara de Diputados que no validara la negativa del Senado a reconocer las tres causales sometidas por el presidente Danilo Medina, para que el Código Penal reconozca la interrupción del embarazo en ciertas circunstancias. Y los diputados han actuado con justicia y responsabilidad, por lo que debemos reconocer que la votación de este martes ha sido valiente y muy importante.

La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados propuso que se aprobara el Código Penal excluyendo las tres causales sometidas por el presidente Medina, pero una mayoría de legisladores de la Cámara Baja dijo que no a esa propuesta. Eso quiere decir que la mayoría de los diputados está en contra del crimen que desean cometer los conservadores del país, quienes con su postura cerrada de que se mantenga la prohibición del aborto en cualquier circunstancia colocan al país entre los cuatro casos en el mundo que condena a las mujeres a muerte.

Danilo Medina hizo bien en reiterar su posición de permitir la interrupción del embarazo cuando la vida de la madre está en peligro, cuando el embarazo es resultado de una violación o de un incesto y cuando el producto del embarazo es inviable. Los únicos países que mantienen cerrada esa posibilidad son El Salvador, Malta, El Vaticano, Honduras, Nicaragua y Sudán del Sur. Chile se encontraba entres esos países y acaba de salir, con la aprobación del aborto por tres causales.

República Dominicana debe aprobar las tres causales sugeridas por el presidente Medina. Tenemos que avanzar, y de ese modo evitar las muertes de mujeres y la penalización de los sistemas de salud y el peligro que representa para cualquier profesional de la ginecología y la obstetricia salvar la vida de una mujer con un intento de aborto inducido o con posibilidad de muerte por una complicación en su embarazo. Con la sugerencia del Poder Ejecutivo se aprobarían los protocolos y se protegería especialmente a las mujeres pobres, que son las usuarias de los hospitales, que son los centros de salud con mayor registro de muerte de mujeres.

Hicieron bien los diputados. Lo que corresponde ahora es que el Poder Ejecutivo, como proponente del Código Penal, introduzca los dos artículos sugeridos, y en el tiempo establecido entregue nuevamente al congreso la responsabilidad de aprobar el nuevo Código Penal, siempre con las tres causales. Por la salud de las mujeres, por la no penalización de de las mujeres, por la protección de salud de las mujeres pobres, que resultan las víctimas de las precarias conciencia de los políticos dominicanos, como ocurrió recientemente en el Senado de la República.

El proceso no se ha completado. Hay que felicitar a los diputados por su decisión, pero hay que esperar del Senado una actitud más respetuosa de la vida de las mujeres cuando reciban nuevamente la propuesta de Código Penal del Poder Ejecutivo.

En lo que llega ese momento, de que el Congreso reciba la propuesta, habrá que mantener vivo el reclamo de República Dominicana se una al concierto de naciones en todo el mundo, alrededor de 190 países, que acogen la interrupción del embarazo cuando la vida de la madre está en peligro, cuando el producto que tiene como embarazo es inviable o cuando el embarazo es resultado de un incesto o de una violación sexual. Que las mujeres y los sectores conscientes de este país no descuiden esta batalla, porque los grupos conservadores presionan y negocian en la oscuridad, debajo de la mesa y tienen la costumbre del chantaje y la escasez de transparencia en sus presiones para conseguir sus objetivos.

Procedimiento legal a seguir

Hemos indagado sobre el procedimiento legal que deberá seguir el rechazo de la Cámara de Diputados a la propuesta de Código Penal sin las tres causales enviada por el Senado. La siguientes es la consideración establecida por la Constitución de la República:

Las reglas a seguir en este caso están establecidas en los artículos 99, 101 y 102 de la Constitución.   La  cuestión no se plantea así en los textos citados, sin embargo, el artículo 99 establece que “aprobado un proyecto de ley por una de las cámaras pasará a la otra para su oportuna discusión, observando las mismas formalidades constitucionales. Si esta cámara le hace modificaciones, devolverá el proyecto modificado a la cámara en que se inició, para ser conocidas de nuevo en única discusión y, en caso de ser aceptadas dichas modificaciones, ésta última cámara enviará la ley al Poder Ejecutivo. Si aquellas son rechazadas, será devuelto a la otra cámara y si esta las apruebas enviará la ley al Poder Ejecutivo.  Si las modificaciones son rechazadas, se considerará desechado el proyecto.   En este caso del Código Penal, el Senado rechazó las observaciones del PE;  la cámara de Diputados, acaba de rechazar el proyecto que el Senado aprobó, lo que significa que no hay proyecto, fue desechado y sigue vigente hasta nuevo aviso el Código Penal del siglo XIX.   No hay mecanismo establecido para vencer la resistencia de los legisladores reticentes a acoger las observaciones del Poder Ejecutivo.    La situación es distinta cuando las observaciones son acogidas por las dos cámaras, la ley se considerará definitiva y se promulgará y publicará en los plazos constitucionales, es decir diez días si no hay urgencia y cinco días si la hay.  Para los fines constitucionales este proyecto fue rechazado y deberá ser presentado en la próxima legislatura.