Antonio Sánchez Ortiz, juez de la primera sala penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, conoció un recurso de revisión de la medida de coerción dictada el 17 de diciembre del 2015 por el magistrado Ramón Horacio González Pérez, presidente de la segunda cámara de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, contra la ex jueza Awilda Reyes Beltré.
El conocimiento del recurso de revisión fue este lunes 1 de febrero, y el magistrado Antonio Sánchez Ortiz tomó la decisión de excluir a los medios de comunicación que estaban presentes para cubrir el proceso. Una decisión lamentable.
Antonio Sánchez Ortiz sabe que este proceso es importante para el saneamiento de la justicia, y conoce la trascendencia que el mismo tiene. Excluir a los medios de comunicación no ayuda a la transparencia, ni beneficia al proceso judicial que se sigue a una persona que estuvo tomando decisiones controvertidas sobre temas esenciales de la vida dominicana.
Además, la decisión de excluir los medios carece de argumentos validos, tomando en cuenta que hay denuncias de que se pretende la puesta en libertad de la ex jueza, como forma de comenzar a diluir el debate sobre la corrupción en la justicia.
El magistrado Antonio Sánchez Ortiz permitió y facilitó la presencia de los medios de comunicación en el juicio por el fraude en el BANINTER, que a él le tocó juzgar y decidir, salvo alguna excepción que se alegó habría informaciones vinculadas con la seguridad del Estado.
Además, no se debe olvidar que el próximo 12 de febrero, a las 9 de la mañana, la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, encabezada por el magistrado Antonio Sánchez Ortiz, iniciará el conocimiento del proceso penal de fondo contra Awilda Reyes Beltré y Francisco Arias Valera.
El recurso de revisión de la medida de coerción fue pospuesto por Sánchez Ortiz para el 3 de febrero, para citar las partes afectadas, incluyendo a los familiares de por lo menos cinco dirigentes choferes asesinados, y cuyos autores intelectuales, según los querellantes, fueron favorecidos por decisiones de Awilda Reyes Beltré.
Antonio Sánchez Ortiz no debe excluir la presencia de los medios de comunicación del conocimiento de este caso. En aras de la transparencia debe permitir la presencia y observación del proceso. Todos los juicios tienen como carácter, de acuerdo con la Constitución, que son públicos, orales y contradictorios. Las excepciones las establece la ley, y los jueces tienen facultad para tomar las decisiones, siempre en aras de garantizar la transparencia.
Pedimos a Antonio Sánchez Ortiz que facilite la presencia de los medios en este proceso, y que recuerde el contenido de la sentencia del juez especial que dictó las medidas de coerción contra Awilda Reyes Beltré y Francisco Arias Valera.
El magistrado Ramón Horacio González Pérez dijo en sus sentencia lo siguiente:
Que existía el peligro de fuga, “dada la gravedad de los hechos que se les imputa, el daño causado a la sociedad, pues, se trata de un hecho gravísimo, que ha minado las bases del sistema de justicia penal en la República Dominicana; que ha convulsionado de manera catastrófica al poder judicial del país, ha perturbado de manera profunda la conciencia de la sociedad dominicana, una vez que los investigados olvidaron que con su accionar, traicionaban la confianza que el pueblo dominicano, a través de la Suprema Corte de Justicia, que los designó, para las más nobles y delicadas funciones que se le pueden conferir a un ser humano, la de juzgar a sus semejantes; los hechos que se les imputan y de los cuales existen indicios de culpabilidad, han socavado las bases de la República, pues, la justicia y el fundamento del Estado, el órgano superior en que descansa la nación y cuya misión es controlar las actuaciones de los otros poderes del Estado, desprestigiándola a tal punto que la sociedad ha perdido la confianza en la justicia. Asimismo, la pena imponible a los imputados, en caso de condena, es grave”.