SANTO DOMINGO, República Dominicana.-El Tribunal Contencioso Administrativo acogió este miércoles el recurso de amparo interpuesto por la Asociación de Comerciantes e Industriales de Santiago (ACIS) contra la resolución no.264-08  del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), que obliga a  los patronos y a los trabajadores que ganan menos del salario mínimo a cotizar para el seguro de salud.

La jueza Yadira de Moya, que comenzó la audiencia a las 9:00 de la mañana, acogió la solicitud y ordenó suspender de inmediato la aplicación de la citada resolución del CNSS hasta que se juzgue definitivamente el caso en el juicio de fondo que comenzará el día 22 del presente mes de junio.

La ACIS, que dirige Sandy Filpo, y representada por los abogados José Miguel Minier y Miguel Esteban Pérez, pidió al tribunal ordenar la suspensión de la ejecución de la Resolución No.264-08, de la Sesión Ordinaria No. 264, celebrada en fecha 7 de abril del 2011, del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), porque alegadamente viola la ley.

Los empresarios y sus abogados argumentaron que la puesta en vigor de la resolución ocasionaría graves daños económicos y sociales a las empresas y trabajadores que cotizan en el Sistema de la Seguridad Social de la República Dominicana.

Minier y Pérez dijeron que  el Consejo Nacional de la Seguridad Social en su Resolución vulnera los artículos 92 del Código de Trabajo (Ley 16-92), y Artículo No. 17 de la Ley No. 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.

El CNSS suspendió la puesta en vigor de la resolución

El pasado 25 de mayo, el Gerente General del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), Rafael Pérez Modesto, informó que mediante la resolución No. 269-01 se suspende la ejecución de la resolución No. 264-08 de fecha 7 de abril del 2011 por un plazo de treinta días a partir de la fecha.

“Esta resolución sobre el salario cotizable del Régimen Contributivo del Sistema Dominicano de Seguridad Social, es de carácter provisional. Esperamos que la Comisión Especial creada por el Consejo presente las propuestas viables que no afecten a ninguno de los sectores que componen el sistema y que siempre parta del criterio de beneficio de la población”, expresó.

Dijo que la decisión fue tomada durante una reunión extraordinario, donde se especifica que durante este período, la Comisión Especial del CNSS deberá presentar ante el Consejo un informe con propuestas que permitan definir la situación del salario cotizable.

Pérez Modesto -al hacer referencia a la resolución- dijo que la misma detalla que se debe tomar en cuenta acciones tendentes a eliminar la evasión y/o elusión y preservando el equilibrio y sostenibilidad financiera del SDSS.

“La TSS aplicará las disposiciones aprobadas por el CNSS en su Resolución No. 235-05 d/f 25 de marzo del año 2010, durante el plazo de los 30 días definidos en la presente Resolución”, dijo.