SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La abogada Carmen Cedeño dijo que tanto ella como sus familiares y decendientes de los Cedeño Cedano han actuado con ética y responsabilidad y no tienen nada de lo cual deban arrepentirse, en relación con la actuación que han tenido ante la justicia por la defensa de una propiedad que corresponde a su difunto padre y no a los hermanos de este, como alega Víctor Livio Cedeño Jiménez.

La doctora Carmen Amelia Cedeño dijo que ella y su familia van “con la frente en alto, sin tener que pedir ni perdón ni permiso, sabedores de que no hemos hecho más que defender los derechos que legítimamente heredamos de nuestro padre Rolando Cedeño Valdez y con la absoluta convicción de que no hay en este asunto, al menos no para nosotros los Cedeño Cedano, acciones  vergonzosas  que ocultar”.

De ese modo responde un escrito de Víctor Livio Cedeño en Acento, y que él dijo sería el último, en relación con la litis familiar por la posesión y entera propiedad de 203 mil metros cuadrados de terrenos de vocación turística en Bávaro, Higuey.

Carmen Amelia afirma en su mensaje que “si existiese una prueba de que mi padre no fuese el propietario legítimo, yo sería la primera en abandonar este reclamo. Ahora bien, esa prueba nunca nos ha sido presentada. Los alegatos de Víctor Livio y sus hermanos siempre han estado basados en declaraciones unilaterales y en documentos contradictorios que no admiten ninguna lógica”.

Lea la carta de respuesta de Carmen Amelia Cedeño a Víctor Livio Cedeño:

Estimado Fausto:

Luego de leer la nota que te fuera enviada por Víctor Livio Cedeño Jiménez y publicada en Acento.com.do el pasado 20 de marzo, me siento en la necesidad de hacer algunas aclaraciones. Pese a que en dicha carta no se ha logrado refutar el fondo jurídico de este caso, la misma contiene ciertas afirmaciones que desde el punto de vista moral merecen una respuesta.

Víctor Livio refiere a hechos bochornosos del pasado que han decidido perdonar y pide a nuestros abogados abandonar el debate público pretendiendo protegernos a mí y mis hermanos de una supuesta afrenta por acciones pasadas. Ante tales comentarios, es preciso aclarar que los Cedeño Cedano no tenemos el más mínimo temor de ventilar públicamente un caso que hemos sostenido en los tribunales, con la frente en alto, sin tener que pedir ni perdón ni permiso, sabedores de que no hemos hecho más que defender los derechos que legítimamente heredamos de nuestro padre Rolando Cedeño Valdez y con la absoluta convicción de que no hay en este asunto, al menos no para nosotros los Cedeño Cedano, acciones  vergonzosas  que ocultar.

Mis hermanos y yo fuimos educados en un hogar ejemplar, en el seno de una familia superlativamente honesta (para usar una expresión de Servio Tulio Almanzar) y es por eso que pese a existir un contrato de compraventa en el cual Francisco Rodríguez Reyes le otorgaba a Rolando Cedeño Valdez, sin reservas, la propiedad de trescientas y pico de tareas de tierras en Bávaro, personalmente siempre he afirmado que si existiese una prueba de que mi padre no fuese el propietario legítimo, yo sería la primera en abandonar este reclamo. Ahora bien, esa prueba nunca nos ha sido presentada. Los alegatos de Víctor Livio y sus hermanos siempre han estado basados en declaraciones unilaterales y en documentos contradictorios que no admiten ninguna lógica.

Inicialmente, los sucesores de Cedeño Herrera exhibieron una declaración de Servio Tulio Almanzar aludiendo ¨que existía un documento en el que mi padre reconocía que la propiedad pertenecía a él y a sus hermanos legítimos (los Cedeño Valdez) en partes iguales por haber pagado el precio de venta en esa misma proporción¨. Como bien lo señala Servio Tulio Almanzar en su carta, la cual te anexo, tuve la oportunidad de observar personalmente el documento, en el cual mi padre afirmaba que había adquirido la propiedad a Francisco Rodríguez Reyes con dineros prestados por sus hermanos Cedeño Valdez. Siendo ya estudiante de derecho y habiendo contrastado dicho escrito con el acto de compraventa en el cual  figuraba como único comprador Rolando Cedeño Valdez, pude concluir que en todo caso lo que se documentaba era una deuda con los Cedeño Valdez sin renunciar mi padre a su derecho de propiedad.

Años después de iniciar la litis, Víctor Livio y sus hermanos migraron de argumentos, fundamentando ahora su caso en una declaración unilateral de Francisco Rodríguez Reyes, quien NO niega haber firmado la venta a mi padre, pero alega sin embargo que la propiedad no le pertenecía sólo a él como vendedor pues dice haberla adquirido conjuntamente con mi abuelo. Esta versión, además de contradecir la de Servio Tulio Almanzar, contraviene el contenido de los actos de venta que el propio Francisco Rodríguez Reyes firmó en su momento, primero como único comprador frente a Américo Julián; y segundo, como único vendedor frente a mi padre Rolando Cedeño Valdez.

Más recientemente, han presentado a la prensa una certificación del Ayuntamiento de Higüey sobre un supuesto poder alegadamente otorgado por mi abuelo a favor de mi padre en el que se menciona la Parcela en cuestión. Pese a que ese documento nunca ha sido presentado al debate contradictorio en tribunales, para nosotros es claro que los únicos derechos que tenía mi abuelo en la Parcela eran unos cocos que sembró antes de que Américo Julián le vendiera a Francisco Rodríguez Reyes. Eso así quedó consignado en el acto de venta entre Américo Julián y Francisco Rodríguez Reyes al referir a ¨los cocos de Siní¨, pues sabemos que Siní era un antiguo empleado de mi abuelo. Así que lo único que habría podido vender Rolando Cedeño Herrera en esa parcela, eran dichos cocos.

De otra parte, dice Víctor Livio que ellos nunca han tomado represalia pese a que percibimos rentas mensuales que no compartimos con los demás copropietarios. Sin embargo, olvida muy convenientemente mencionar que las rentas que percibimos no derivan de la explotación de la finca sino de los negocios que con nuestra propia inversión y esfuerzo hemos desarrollado a la orilla de la playa de Bávaro. Asimismo, omite referirse a que ellos pretendieron desalojarnos de nuestra propiedad primero en el año 2010, por la vía del Abogado del Estado y posteriormente en el año  2011, por la vía de una demanda en referimiento en desalojo y designación de secuestrario judicial, la cual fue fallada a nuestro favor por el Tribunal de Tierras. Parece olvidar también Víctor Livio que nuestra posesión del terreno siempre ha estado fundamentada en derechos registrales, los cuales al día de hoy mantenemos sobre el inmueble.

Habiendo hecho estas aclaraciones y tomando en cuenta que la defensa de Víctor Livio radica principalmente en cuestiones de procedimiento y seguridad jurídica, vale cerrar esta nota con una nueva referencia a la cita de Adriano Miguel Tejada quien sostiene que ¨NO HAY SEGURIDAD JURÍDICA EN LOS CASOS DE FRAUDE¨. Porque precisamente eso es lo que se quiere hacer en este caso: un fraude a los derechos de los Cedeño Cedano, un fraude del cual lamentablemente se hizo cómplice la anterior Suprema Corte de Justicia al pretender despojarnos de nuestra propiedad sobre la base de la declaración unilateral del vendedor y aprobando una decisión rendida sobre documentos no sometidos a los debates contradictorios. Afortunadamente no todo está perdido, todavía nos quedan instancias judiciales por agotar, como es el caso del Tribunal Constitucional, y tenemos fe de que al final se impondrá la verdadera justicia.

Atentamente,

Carmen Amelia Cedeño Cedano

 

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