SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El ingeniero industrial Eulogio Santaella, exdirector del Consejo Estatal del Azúcar y exembajador dominicano en Washington, advirtió que cualquier nuevo contrato de generación termoeléctrica, aportará evidencias adicionales acerca de la sobrevaluación del costo original del Contrato EPC firmado para el proyecto Punta Catalina.
Santaella, mediante una declaración remitida a Acento.com.do, hizo referencia a una información originada en la República Popular China (RPC), indicando que el conglomerado China Huayang Economic and Trade Group Co. Ltd (CHETG), firmó un MOU (Memorándum of Understanding) o Memorándum de Entendimiento (MDE) con el presidente del Consejo de Directores de la CDEEE, José Rafael Santana, para desarrollar un complejo de generación termoeléctrica a base de gas natural y con capacidad de 1,200 MW en Manzanillo, con una concesión de 30 años.
"Cualquier nuevo proyecto de generación termoeléctrica de gran escala, de seguro tendrá un costo unitario del Contrato EPC prácticamente equivalente al 50% del costo unitario original de Punta Catalina.Si se avanzaba en el desarrollo del proyecto de CHETG, de seguro se iba a poner en evidencia que esos 1,200 MW a base de gas natural más el costo de la terminal regasificadora de gas natural tendrían un precio menor que los 720 MW de Punta Catalina, con una capacidad nominal garantizada y contratada de 674.78 MW, a pesar de que la CDEEE propaga para confundir, una supuesta capacidad ocultade 752 MW".
Este miércoles, Rubén Jiménez Bichara, vicepresidente ejecutivo de la CDEEE, negó que se haya firmado el acuerdo de licitación y explicó que hubo un memorándum de entendimiento no vinculante, de contenido es general y de uso regular para las empresas que tengan el interés de invertir en el sector eléctrico dominicano.
Declaración íntegra de Eulogio Santaella:
Declaración Pública de Conciencia Nacional
“El Ocultamiento de la Verdad como Doctrina Gubernamental”
Conciencia Nacional es un movimiento integrado por ciudadanos apartidistas que tienen como propósito actuar como catalizadores para la formación de un Frente Unitariopoliclasista y multipartidistaque debe resultar triunfador para restaurar la democracia en las elecciones del año 2020. El Comité Gestor de Conciencia Nacional considera pertinente divulgar para la debida edificación de la ciudadanía elementos claves del artificialmente creado affaire República Popular China – CDEEE y para poner de manifiesto una vez más que el ocultamiento de la verdad constituye la doctrina y praxis de Gobierno. En ese sentido el Comité gestor nos ha encomendado en mi condición de Vocero preparar la siguiente:
DECLARACIÓN PÚBLICA
1.-Intento de Ocultar la Sobrevaluación de Punta Catalina.
El Presidente Danilo Medina en su doble condición profesional de egresado como Ing. Químico de la UASD y el honor de haber sido declarado como Egresado Honorifico de la Escuela de Economía del INTEC, debe saber que cualquier nuevo contrato de generación termoeléctrica, firmado grado a grado, o como fruto de una licitación hecha con buenas o malas artes, aportará evidencias adicionales acerca de la sobrevaluación del costo original del Contrato EPC firmado para Punta Catalina excluyendo los US$708 Millones de sobrecostos exigidos por Odebrecht. Ya le indiqué personalmente y directamente al Presidente Medina en una carta de fecha 30 de Junio que la contratista de Punta Catalina Tecnimont, concertó un contrato para construir en Brasil la planta PORTO DO PECEM DE 720 MW, de igual capacidad que Punta Catalina por un precio de 910 Millones de Dólares, no los 945 de Punta Catalina. La noticia originada en la República Popular China (RPC), indicando que el conglomerado China Huayang Economic and Trade Group Co. Ltd (CHETG), firmó un MOU (Memorándum of Understanding) o Memorándum de Entendimiento (MDE) con el Presidente del Consejo de Directores de la CDEEE, para desarrollar un complejo de generación termoeléctrica a base de gas natural y con capacidad de 1,200 MW en Manzanillo, con una concesión de 30 años, debe haberle provocado desasosiego al Presidente Danilo Medina puesto que cualquier nuevo proyecto de generación termoeléctrica de gran escala, de seguro tendrá un costo unitario del Contrato EPC prácticamente equivalente al 50% del costo unitario original de Punta Catalina.Si se avanzaba en el desarrollo del proyecto de CHETG, de seguro se iba a poner en evidencia que esos 1,200 MW a base de gas natural más el costo de la terminal regasificadora de gas natural tendrían un precio menor que los 720 MW de Punta Catalina, con una capacidad nominal garantizada y contratada de 674.78 MW, a pesar de que la CDEEE propaga para confundir, una supuesta capacidad ocultade 752 MW. Ese hecho ha provocado que tanto el Vicepresidente Ejecutivo de la CDEEE, como el Ministro de la Presidencia hayan desmentido la existencia de la firma del acuerdo entre CHETG y la CDEEE.
2.- Desautorización al Presidente del Consejo Directivo de la CDEEE para contraer compromisos en nombre de esa entidad oficial.
La agencia de prensa China escribió MOU pero la página web de la propia CHTG traducida del mandarín señala que el 5 de Julio en el Gran Salón del Pueblo de Beijing “el Presidente de la empresa (CDEEE) José Rafael Santana Seidino y el Presidente de la CHETG firmó un memorando de cooperación entre las dos empresas: Asistieron más de 40 personas, incluyendo Rosa NG. En todo caso la Nota de Prensa hizo referencia en inglés a la firma de un MOU o sea que se trata de un Memorándum de Entendimiento, el cual en ningún caso se trata de un contrato, ya que el MOU refleja exclusivamente “una convergencia de deseos entre la partes indicando la intención de emprender una línea de acción común” y que no necesariamente tiene un poder vinculante como si se tratara de un contrato de pleno derecho. A veces se equipara a una simple “Carta de Intención”. La ciudadanía debe estar consciente de que lo que se ha desmentido es la existencia de un contrato formal y no se desmiente específicamente el MDE (Memorándum de Entendimiento). Rompiendo con la línea de mando gubernamental el Vicepresidente Ejecutivo de la CDEEE le hace una reprimenda pública a su superior el Presidente del Consejo de Directores de la CDEEE y lo desautoriza públicamente diciendo que él supuestamente no ha recibido un Poder para firmar acuerdos en China. Ese simple desliz habría provocado la destitución automática o la renuncia del Presidente del Consejo de Directores de la CDEEE,si nosotros no viviéramos en lo que el Lic. Peña Batlle calificó como “Un País Insólito”. No obstante si el Presidente Ejecutivo de la CDEEE afirmado un MDE con la empresa CHETG ese sería un pecado venial, sin embargo el Vicepresidente Ejecutivo de la CDEEE contando con la sempiterna protección política del Presidente Medina cometió un pecado mortal, imperdonable ya que firmó el Contrato de Punta Catalina con Odebrecht, el contrato de mayor monto de inversión de la República Dominicana en nombre de la CDEEE sin cumplir con la obligación constitucional de contar con un Poder que debería haberle otorgado el Presidente de la República. Cualquier ciudadano preocupado por el destino de nuestra nación puede consultar la GACETA OFICIAL 10763 del 11 de Junio del año 2014, en cuya página 4 aparece el Poder P.E No. 5714 y en cuya tercera línea el Presidente Medina expresa su voluntad omnímoda:
“…por el presente documento ratifico el contrato de ingeniería procura y construcción EPC # 10114, referente a una planta” de 674.78 MW de fecha 14 de Abril del 2014.
En la Pág. 5 el Presidente Medina indica que ese poder fue otorgado a los “dieciséis (16) día de mayo del 2014”. Todo esto implica que el poder para firmar el contrato más cuantioso de toda la historia fue otorgado 32 días después de la firma del mismo. Sin abordar las faltas éticas del proyecto Punta Catalina esta chapuza jurídica refleja la ineficiencia jurídica, técnica y económica de ese funesto proyecto. Con este simple argumento del Presidente del Consejo de Directores de la CDEEE pudiera utilizarlo para que no lo penalicen a él y, al mismo tiempo retroactivamente se le otorgue la oportunidad de que su MED de China también sea aprobado retroactivamente en un plazo de 32 días tal como ocurrió con el contrato de Punta Catalina.
3.- Negociación con la República Popular China (RPC)
En una carta no contestada que dirigí al Presidente Danilo Medina, el pasado 29 de Junio me referí al hecho de que tanto el Lic. Isidoro Santana como el Ing. Ramón Flores viajaron a la RPC emisión oficial e indiqué mi optimismo porque aparentemente el Presidente estaba moviendo fichas en el “Ajedrez Eléctrico” ya que había encargado negociación con la RPC a los dos miembros del Comité de Licitación de la CDEEE, que no formaron parte de la conjura para otorgarle el contrato de Odebrecht sin que hubiera algún competidor real. Se podría colegir aunque no se pueda confirmar de que el MDE fue el resultado de esa gestión y que el mismo pudiera considerarse como un Premio de Consolación ya que en todos los corrillos se daba como hecho que los chinos comprarían a Punta Catalina. En mi carta al Presidente Medina le señalé que eso era una ilusión vana porque si bien la RPC está en búsqueda de adquisiciones para fortalecer su posición en el mercado energético mundial como revela su exitosa participación accionaria en el sector energético de Portugal. No era posible que la RPC invirtiera en el capital de un proyecto como Punta Catalina con imperdonables pecados originales de origen ético con unos costos de construcción desconocidos, con una propietaria que todavía no avala la legalidad de su propiedad ya que no se ha constituido jurídicamente la compañía dueña de Punta Catalina que sería una filial de una casa matriz que desde el 2012 no puede mostrar Estados Financieros Auditados. No se puede dejar de mencionar dentro de las valencias de Punta Catalina las condenas de la Ley Magnitsky aplicada a protagonistas de ese trágico proyecto. Señalábamos que la RPC asimiló el predicamento de los países del Sur cuando planeamos los países del Norte que queríamos “TradeNotAid”. La RPC sabe muy bien cuánto cuesta Punta Catalina. El consorcio encabezado por SEPCO IIIplanteó hacer una oferta por 900 Millones de Dólares por el contrato PC y el otro consorcio chino encabezado por GEZOHUBA ofrecería unos US$1,100 Millones. Esos dos grandes actores habían corrido la voz de cómo es el “modus operandi” del Gobierno del Presidente Median y, por ello ha sido necesario echar mano a una desconocida compañía como CHETG cuyo capital es de un monto reducido y, además no tiene experticio como inversionista, constructor u operador de plantas eléctricas.
4.- Necesidad de Nueva Generación Termoeléctrica de Bajo Costo.
El 21 de Junio del 2013 en los meses del jolgorio que caracteriza el primer año de cualquier gobierno el Presidente Medina emitió el Decreto 167-13 cuyo cuarto CONSIDERANDO reza así: “Que de los informes presentados se concluye que el déficit degeneración de electricidad, de no atenderse de forma inmediata, alcanzaría a 2,887 MW parael 20 16, lo que podría significar un colapso total del sistema;”
Es decir que hace 2 años se debió haber comenzado la instalación de 2,887 MW de capacidad instalada para evitar “lo que podría significar un colapso total del sistema”. Hasta la fecha se le ha permitido invertir al sector privado en la valiosa energía renovable pero no se han hecho inversiones en nuevas plantas termoeléctricas que deberían de ser a base de gas natural, para que le provean al sistema energía de base, ya que la renovable hidroeléctrica solar eólica depende de los elementos de la naturaleza y no da la certeza de energía base de manera firme. Es decir que el Presidente Medina como Ing. Químico y Economista sabe muy bien que los 764.78 MW que los que algún día inyectará Punta Catalina al sistema están muy lejos de los 2,887 MW que debieron haberse comenzado a instalar antes del 2016 y que estando a mitad del 2018 no se vislumbran nuevos proyectos que no sea el de Punta Catalina.
El Presidente Medina se encuentra en una disyuntiva por un lado podría permitir que se gesten nuevos proyectos de alta capacidad de generación pero se corre un riesgo cierto de que los costos de inversión sean conocidos por el público y que sean equivalentes a la mitad del costo de inversión unitario de Punta Catalina. Esas cifras servirían de pruebas adicionales para el ineludible juicio por sobrevaluación que ha de realizarse a Punta Catalina y a Odebrecht conjuntamente.
La otra alternativa sería no hacer nuevas inversiones y cancelar los prospectos como el chino de CHEGT para que no aparezcan nuevos fundamentos a los cargos acusatorios por sobrevaluación.
5.- Negociación Grado a Grado con la RPC.
La Ley de Contratación Pública indica que los Contratos de Gobierno a Gobierno no necesitan ser licitados. Por tal razón cualquier Acuerdo Gobierno a Gobierno con la RPC sería legal y seríalegítimo. Sería legal y la legitimidad provendría del hecho que en la RPC existe la pena de muerte para quienes cometen actos de corrupción.