¿Para qué se aprobó la Ley No. 311-12, de Presupuesto General del Estado para el 2013?
La pregunta viene a colación de la publicación del Informe de Ejecución Presupuestaria del trimestre enero-marzo, dado a conocer por el Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Presupuesto (DIGEPRES).
Según el mismo, consiste en la publicación de los resultados de la programación de gastos por institución y el análisis comparado entre lo programado y la ejecución realizada, conforme al marco de las políticas presupuestarias aprobadas en la Ley de Presupuesto General del Estado y otras normativas.
Sin embargo, al adentrarnos en el referido Informe, encontramos muy pocas referencias a lo consignado en la Ley No. 311-12, de Presupuesto General del Estado (PGE_2013) y si ciertas violaciones a dicha ley.
Lo primero que salta a la vista, es la erogación de un pago en el mes de enero por RD$15,034.44 millones, por concepto de Disminución de Cuentas por Pagar (Años Anteriores), que conforme al Párrafo II, del Artículo 20, de la Ley No. 311-12, sólo consigna un monto de RD$6,612.00 millones de pesos, constituyendo una violación a la Ley y al Artículo 236, constitucional que establece que “ninguna erogación de fondos públicos será válida, si no estuviere autorizada por la ley.”
Y, como si el financiamiento recibido fuera poco, el Gobierno accedió a una línea de crédito por un monto de RD$8,000.00 millones de pesos, sin ninguna explicación de dicha operación
Este pago extraordinario, no especificado en el presupuesto para el 2013 y no explicado el para qué del mismo en el citado Informe, es una clara explicación del por qué de la reducción en la ejecución de los ministerios de la Presidencia, Educación, Salud y Obras Públicas, afectando los programas y proyectos definidos como prioritarios en el Presupuesto General del Estado.
Conforme al Informe, entre los Ministerios citados, la sub ejecución presupuestaria en el trimestre, alcanzó un monto de RD$10,850.20 millones de pesos, equivalentes al 73% del total programado y no devengado.
Conforme al Artículo 19, los programas y proyectos prioritarios y protegidos contemplados en el Artículo 18, de la ley de PGE, tienen garantizadas las apropiaciones presupuestarias previstas y deberán tener prioridad en la programación de cuotas de compromiso y pagos, lo cual evidentemente no ocurrió.
Dentro de los mismos, para el Ministerio de Educación se establece, la Atención a la Primera Infancia (0 a 4 años), que no ejecutó nada, de un monto asignado de RD$263.23 millones de pesos, conforme al sistema de Información de la Gestión Financiera (SIGEF).
Igualmente, para la alfabetización y educación de personas jóvenes y adultas se ejecutó RD$44.25 millones de pesos, equivalentes al 2.23% de RD$1,981.23 millones, total aprobado para el año; la construcción y reparación de aulas, con un presupuesto original de RD$30,914.77 millones, apenas ejecutó RD$2,635.53 millones, equivalentes al 8.53% de lo aprobado.
Dentro del Ministerio de Salud Pública Asistencia Social, se aprobaron apropiaciones para los programas y proyectos prioritarios la suma de RD$2,128.38 millones, y sólo se ejecutó, en el período enero-marzo, el 6.22%, equivalente a RD$132.35 millones pesos, en el Programa de Servicios de Salud Colectiva, que contiene: prevención y control de la tuberculosis, prevención y control de enfermedades producidas por vectores, atención integral personas viviendo con VIH, vigilancia epidemiologia, programa cierre de brechas en salud, Seguro Familiar de Salud en el régimen subsidiado, entre otros.
Dentro de la Presidencia, el programa de Construcción y Reconstrucción de Centros De Salud, a ejecutarse por la Oficina Supervisora (OISOE), fue uno de los más afectados con una ejecución de 3.43% de RD$1,107.24 millones aprobados, al ejecutar sólo RD$37.96 millones.
Asimismo, en el Ministerio de Obras Públicas se afectaron los programas de Construcción de Calles y Avenidas, Reconstrucción y Rehabilitación de Carreteras y Reconstrucción y Rehabilitación de Caminos Vecinales, los cuales ejecutaron apenas RD$224.88 millones de un total de RD$10,564.26 millones, equivalente al 2.13%.
En definitiva, el incumplimiento de lo establecido en la Ley de Presupuesto General del Estado provocó una sub ejecución de las cuotas de compromiso programadas en el trimestre, afectando a la población más vulnerable
Se argumenta que una de las razones para la baja ejecución del trimestre se debió a la falta de financiamiento de recursos externos para los proyectos de inversión, sin embargo, lo ejecutado por este concepto durante el trimestre se elevó a un monto de RD$3,421.10 millones, equivalentes al 18% de RD$18,583.91 millones, total aprobado para el año.
Igualmente, de los Organismos Multilaterales para apoyo presupuestario se recibieron RD$10,107.00 millones, equivalentes al 83% de lo presupuestado para todo el año, que asciende a un monto de RD$12,188.80 millones; y de Petrocaribe, la suma de RD$5,335.50 millones, equivalentes al 20% del total aprobado para el año, ascendente a RD$ 27,040.00 millones.
Y, como si el financiamiento recibido fuera poco, el Gobierno accedió a una línea de crédito por un monto de RD$8,000.00 millones de pesos, sin ninguna explicación de dicha operación, además de no estar contemplada la autorización en la ley de presupuesto para el 2013, lo cual vulnera la legislación aplicable vigente.
En definitiva, el incumplimiento de lo establecido en la Ley de Presupuesto General del Estado provocó una sub ejecución de las cuotas de compromiso programadas en el trimestre, afectando a la población más vulnerable al no cumplirse con las asignaciones correspondientes a los programas y proyectos definidos como prioritarios en el mismo, como consecuencia que el Gobierno priorizó cubrir deuda de RD$15,034.44 millones, resultante del déficit de 2012 y no contemplada, produciendo una súper ejecución del 227% de la partida de disminución de cuentas por pagar de años anteriores.
Al término, reclamamos que la DIGEPRES publique las cuotas de compromiso del período abril-junio, que permita a la sociedad darle seguimiento y evaluar el cumplimiento de los programas y proyectos priorizados en la Ley.
(*) Consultor Presupuestario