SANTO DOMINGO.-De acuerdo con las disposiciones aduanales vigentes, las importaciones personales de mercancías por un total máximo de 200 dólares están libres de impuestos; sin embargo, los artículos traídos del extranjero que sobrepasan ese monto son gravados hasta con tres tipos de impuestos diferentes, advirtió el especialista González Ganoza.
Ignorar esta realidad hace que muchos compradores dominicanos por Internet se sientan frustrados ante la sorpresa de tener que pagar a la Dirección General de Aduanas (DGA) el arancel de importación, el Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) y el Impuesto Selectivo al Consumo, en algunos casos.
Actualmente, explica el presidente de P.O. Box International (POBI), el ITBIS es de un 18 % mientras que arancel de importación varía de un 3 % a un 20 % y, el Selectivo, igualmente de un 3 % a un 20 % sobre el precio FOB o Franco a Bordo, que es la suma del precio original, los impuestos en el país de adquisición y el transporte local registrado en la factura.
Para reducir la incertidumbre por los diferentes gravámenes de la DGA en función del tipo de producto importado, POBI ha creado un calculador automático de flete e impuestos al que cualquier persona puede acceder gratuitamente en línea, en la siguiente dirección: https://www.pobidom.com/?view=calculador.
“Basta introducir en el calculador el peso de la mercancía en libras, el costo FOB en dólares y, si pasa de 200 dólares, seleccionar de un listado el tipo de mercancía, para tener el precio garantizado de flete (exento del cobro de combustible) y un estimado de los gravámenes. Trabajamos con el peso real del artículo, un plazo de entrega de 24 a 48 horas y aseguramos toda la mercancía importada, porque nuestra misión durante estos 28 años de trabajo en el país ha sido dar tranquilidad y confianza al cliente”, destacó González Ganoza.
Agregó que el comprador dominicano utiliza las tiendas y sitios de subastas en línea en busca de economía, necesidad de repuestos o productos que no se consiguen en el mercado local, búsqueda de equipos que no han sido lanzados en el mercado criollo o con especificaciones no disponibles aquí.
Impuestos según tipo de mercancía
El presidente de POBI explicó que hay artículos que solo pagan ITBIS, otros arancel e ITBIS y otros arancel, ITBIS y Selectivo:
“Los impuestos de importación dependen del tipo de mercancía. Por ejemplo, por los libros y las cámaras de seguridad que no sobrepasen los 16 canales, la DGA no cobra ninguno de estos tres conceptos; en tanto, por las computadoras solo cobra ITBIS y por los celulares cobra el 3 % de arancel más ITBIS, mientras que a las cámaras fotográficas digitales se les aplica arancel, Selectivo e ITBIS”.
El artículo No. 375 del actual Código Tributario establece que los televisores y las antenas de televisión normales y parabólicas pagan un 10 % de Impuesto Selectivo al Consumo; mientras que están grabados con un 20 %: joyería, bisutería, bañeras tipo Jacuzzi, aires acondicionados, aspiradoras de piso, calentadores eléctricos, hornos, cafeteras, tostadoras de pan, equipos de música, videograbadoras y cámaras digitales, entre otros productos, destacó el empresario.
La experiencia de más de 20 años brindando servicios de transporte internacional, hace que González Ganoza desaconseje a los importadores personales mezclar distintos tipos de mercancía al momento de solicitar un estimado de impuestos de importación, dados los tres impuestos pasibles de ser aplicados por la DGA a diferentes categorías de productos.
Qué hacer ante la DGA en situaciones especiales
Los impuestos para desaduanar artículos cuyo precio FOB sobrepasa los 200 dólares son pagados por el cliente personal a través de compañías de transporte internacional como POBI o directamente a la DGA; pero, en ocasiones, la institución estatal solicita documentos de compra y pago adicionales a los originalmente presentados.
“A veces, cuando el costo de adquisición de la mercancía no se corresponde con los precios de mercado, Aduanas solicita una factura más legible y el estado de cuenta de la tarjeta de crédito o débito con la que fue adquirido dicho producto, como certificación del valor real pagado. Esto también debe hacerse a través de la empresa de transporte internacional”, detalló el empresario.
Cuando el importador no está conforme con la cotización impositiva oficial, puede solicitar una cita al administrador de la DGA en el aeropuerto (antiguo colector de Aduanas) y demostrar, con el debido sustento documental, el precio real de lo que ha adquirido. También puede acudir directamente a las oficinas de la DGA, informó González Ganoza.
El empresario recomendó, como medidas adicionales para comprar a precios más bajos en Internet, aprovechar las membresías ofrecidas por algunos comercios en línea, que eximen del pago de transporte en los países de adquisición y beneficiarse, asimismo, de las ofertas de POBI en paquetería expresa y carga aérea.