SANTO DOMINGO, República Dominicana.-El Consejo Nacional de la Empresa Privada, (CONEP)  manifestó “desacuerdo y profunda preocupación” por la Resolución 01-2011, de la Superintendencia de Seguros, que establece una tasa mínima de un 7.5% por millar para suscribir pólizas de seguros de incendio y líneas aliadas, y que prohíbe cualquier descuento o rebaja a esa tasa mínima.

El Presidente del CONEP, Manuel Diez Cabral, expresó que esa entidad está y estará siempre de acuerdo con todo lo que tienda a fortalecer la regulación y garantizar la estabilidad financiera de las aseguradoras y la debida protección de los asegurados.

“Sin embargo, nos oponemos al establecimiento de  tasas mínimas en cualquier mercado de bienes y servicios, lo que atenta contra el derecho constitucional a la  libre empresa”, declaro Diez Cabral. La resolución fue aprobada el pasado 6 del presente mes de mayo.

El presidente del CONEP consideró que el establecimiento de estas tarifas contradice la propia Ley de Seguros y Fianzas No.146-02, la cual en la sección relativa a las tarifas de primas, artículos 89-93, establece expresamente que:

“Las compañías aseguradoras autorizadas a operar en el territorio nacional, estarán en libertad de proponer las tarifas de primas que serán utilizadas en sus empresas en los ramos que operan; para estos fines deberán depositar en la Superintendencia las tarifas de primas propuestas para cada ramo, con los argumentos técnicos sobre los cuales dichas tarifas estén basadas.”

Agregó que la Ley de Seguros y Fianzas dispone que la Superintendencia de Seguros deberá establecer mediante resolución motivada “los parámetros técnicos mínimos necesarios para evaluar las tarifas presentadas”.

Indicó que la ley también establece que las asociaciones de aseguradores y reaseguradores podrán recomendar a sus asociados los lineamientos que servirán para establecer las tarifas individuales, así como sugerir a la Superintendencia, puntos de referencia para la revisión de esas tarifas, especialmente en lo concerniente a los peligros catastróficos.

Llamó la atención sobre el “grave impacto económico” que  provoca esta resolución, porque “encarecerá  todas las  actividades económicas y comerciales en el país”.

Dijo que la citada resolución afectará, además de las empresas, a todos los ciudadanos que tengan pólizas de seguros de este ramo, así como el costo de los préstamos hipotecarios que contratan las personas para adquisición de viviendas, los cuales exigen estas pólizas.

También dijo que esto podría tener efectos muy perversos y sería contrario a la estabilidad de precios y a los objetivos que se procuran con las políticas públicas pactadas con el FMI.

El presidente del CONEP manifestó que esa institución está consciente de la necesidad de fortalecer la regulación del mercado de seguros y reaseguros  para garantizar la debida solvencia financiera a la hora de hacer frente a los riesgos de terremotos, ciclones, inundaciones y otros eventos  de la naturaleza, pero señaló que la vía que consigna la indicada Resolución no es la procedente.

Diez Cabral exhortó a la Superintendencia de Seguros a reconsiderar y dejar sin efecto la resolución 01-2011, y adoptar medidas amparadas dentro del marco legal, que tiendan a garantizar la solvencia de las aseguradoras y reaseguradoras como las previstas en la ley.

Consideró prudente que se celebre una reunión de urgencia con la  Superintendencia de Seguros, para identificar iniciativas ajustadas a la ley, que cumplan los “sanos propósitos” que esta resolución persiguió por la “vía equivocada”.

Se mostró a favor de fortalecer la regulación de un sector tan importante como el de seguros y reaseguros, y reiteró la necesidad de dejar sin efecto la citada resolución para  preservar la seguridad jurídica y la libertad de empresa, además de evitar el impacto económico negativo que traería sobre todos los sectores productivos y la ciudadanía en general.