SANTO DOMINGO, República Dominicana.-La Asociación de Bancos Comerciales de la República Dominicana (ABA) agradeció el apoyo de todos los sectores del país que se han expresado en contra de una norma de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), que obligaría a los bancos a retener el 1% de los intereses devengados por las personas jurídicas.

Esa norma, según la ABA, viola la Ley Monetaria y Financiera, la Constitución y del Código Tributario.

La ABA se expresó de esta manera al recordar  que este viernes se conoce en la primera sala del Tribunal Superior Administrativo el fondo de dicho recurso, también suscrito por la Liga Dominicana de Asociaciones de Ahorros y Préstamos (LIDAAPI) y apoyado por la Asociación de Bancos de Ahorro y Crédito y Corporaciones de Crédito (ABANCORD). La semana pasada el tribunal acogió una medida cautelar, elevada por la ABA y LIDAAPI, para que la entrada en vigencia de la norma, pautada para el 1 de octubre, fuese suspendida.

La Asociación expresó que los sectores de la opinión pública e instituciones como la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) apoyan la posición del sistema financiero sobre la base de que la disposición de la DGII constituye una violación a los derechos fundamentales de las entidades de intermediación financiera, así como al debido proceso administrativo, la seguridad jurídica y la racionalidad.

Recordó que en objeción a la medida  se han pronunciado sectores también el Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP) y la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE).

Recordó que en objeción a la medida  se han pronunciado sectores también el Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP) y la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE)

Por su lado,  el experto en temas tributarios Edgar Barnichta ha manifestado que “la norma general, al ser contraria a la ley, no solo es ilegal, sino también inconstitucional por obligar a hacer lo que la Ley no manda y contradecir el Principio de Legalidad Tributaria, preceptos esenciales en la Constitución, garante contra las ilegalidades y arbitrariedades”.

Mientras que, el jurista Eduardo Jorge Prats expresó que “la norma es también inconstitucional por irrazonable; porque causará una migración de depósitos que afectará la liquidez bancaria, porque fomenta la desintermediación, porque es imposible desde el punto de vista logístico y operativo aplicarla en el cortísimo plazo establecido por la norma, porque expondría a las entidades a sanciones de los reguladores financieros y a demandas de sus clientes, y porque aumenta los riesgos reputacionales de las entidades de intermediación financiera”.

Tanto Edgar Barnichta como Eduardo Jorge Prats han señalado cada uno de los puntos que hacen de la Norma 13-2011 una disposición ilegal. Por ejemplo, esta disposición no fue sometida a consulta pública, como establece la Constitución y la Ley de Libre Acceso a la Información Pública; no toma en cuenta el artículo 309 del Código Tributario, que exonera a los bancos de ser agentes de retención, ni el artículo 56 de la Ley Monetaria y Financiera, relacionado con el secreto bancario.

Por esta razón, la ABA expresó que tiene la expectativa de que en este proceso prevalezca el estado de derecho y la razonabilidad de la ley.