BRUSELAS, Bélgica.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) afirmó hoy que una aerolínea europea está obligada a compensar a sus pasajeros que hayan sufrido un gran retraso en el segundo vuelo de un viaje con escala, incluso si este segundo vuelo despega fuera de la UE y lo opera una aerolínea no europea.
Este segundo vuelo sufrió un retraso de más de ocho horas por el cual los pasajeros exigieron compensaciones a la compañía checa Ceské aerolinie, que se negó a pagarlas y alegó que no puede ser considerada responsable del retraso del vuelo que conectaba Abu Dabi y Bangkok, ya que este lo operaba otra aerolínea.
En su sentencia de hoy, el TJUE señala que un vuelo con conexiones que se ha adquirido en una reserva única constituye "una unidad" en cuanto al derecho de compensación de los pasajeros que recoge la legislación europea para retrasos superiores a tres horas.
"Como Ceské aerolinie ha operado efectivamente un vuelo en el marco del contrato de transporte celebrado con los pasajeros de que se trata, puede ser calificada de transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo", señaló el TJUE en un comunicado.
La corte apunta a que la aerolínea que ha operado el primer vuelo "no puede escudarse en la mala ejecución de un vuelo posterior operado por otro transportista aéreo" para evitar pagar compensaciones por retrasos en una reserva de un vuelo con una o más conexiones.
La sentencia deposita en Ceske aerolinie la obligación de pagar la compensación prevista en el segundo vuelo del viaje de los once pasajeros, aunque apunta a que puede dirigirse contra Etihad Airways "con el fin de obtener la reparación de esa carga económica". EFE