CONSTANZA, República Dominicana.- El Grupo #SOS y organizaciones de la sociedad civil se oponen a la instalación de un aserradero en Constanza por entender que el uso de aserraderos viola el marco jurídico que rige los Parques Nacionales, que prohíbe la extracción y aprovechamiento de materiales.
“La extracción de troncos quemados y derribados perjudica al bosque en recuperación post incendio, en parte por el arrastre de los troncos que altera los ecosistemas de microorganismos que trabajan en regenerar la vida del bosque, causando un grave daño a las otras especies vegetales y a los pinos pequeños del entorno”, sostuvo el grupo.
Explicó además que el sistema de transporte de los troncos con maquinarias, deja una capa de petroquímicos altamente tóxicos para el ecosistema del Parque Nacional, así como también el dióxido de carbono quemado por las maquinarias y transporte.
El grupo #SOS expresa su preocupación y enfatiza que “Debemos ser conscientes de la amenaza que constituye instalar un aserradero en esta zona. No se trata de la simple posibilidad de lesión, sino de la probabilidad de sufrir un mal irreparable y grave de manera injustificada”.
“La ley 64-00 estipula que le corresponde al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales velar por la preservación, protección y uso sostenible de los recursos ambientales, y entendemos que la instalación del aserradero y movilización de troncos, pone en riesgo 66 especies de aves, 48 de mariposas, 29 de reptiles y 17 de anfibios. Además 531 especies de flora de las cuales 138 son endémicas de la isla la Hispaniola.”
Organizaciones civiles como Santiago Somos Todos, Fundación Moscoso Puello, Sociedad Ecológica del Cibao, Colegio Médico Dominicano, Asociación para el Desarrollo de Constanza y la Unión Nacional de Productores Agrícolas respaldan la iniciativa manifestando su preocupación sobre las últimas acciones de este Ministerio.
El marco legal contemplado en la Constitución de la República Dominicana, la ley de Medio Ambiente, el decreto del Poder Ejecutivo No. 233-96 y la Ley Sectorial de Áreas Protegidas evidencia de manera repetitiva el interés nacional de protección de los parques nacionales dominicanos, así como la obligación por parte del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de velar por dicha protección, y no ser precisamente quien incumpla las leyes que le rigen.
“Nos preguntamos sobre el manejo que darían al aserradero, y la posibilidad existente de aprovechar la oportunidad para extraer mayor cantidad de tocones y troncos del área de bosque no impactado por el incendio, dada la ubicación del Parque, los controles serían mínimos o escasos”.