El Servicio de Impuestos Internos de los Estados Unidos (IRS) informó el último 2 de marzo que los inversores cripto que hayan realizado compras de activos digitales con dinero fiduciario (como el dólar) en el año fiscal 2020 no estarán obligados a incluir sus operaciones en sus declaraciones impositivas de este año.

Hace algunos meses, el organismo estadounidense incluyó una pregunta que apuntaba específicamente a las criptomonedas en su tradicional “1040”, como se le llama a la declaración de impuestos de los contribuyentes. Por el momento, las compras de criptomonedas con fiat pueden omitir esas explicaciones.

“En cualquier momento durante 2020, ¿recibió, vendió, envió, intercambió o adquirió de alguna otra manera algún interés financiero en alguna moneda virtual?”, cuestiona el IRS en la documentación que deben completar los ciudadanos.

De todos modos, sí continúan susceptibles a la normativa aquellos operadores que hayan vendido sus activos digitales o los hayan cambiado por otros.

Los inversores locales, sin embargo, siguen un tanto confundidos sobre sus obligaciones tributarias ante el IRS. La última declaración del organismo, por ejemplo, no aclara si esa compra de criptomonedas con dólares incluye la adquisición de algún interés financiero en esas inversiones.

Por el momento, la única conclusión que podría sacarse es que el Gobierno estadounidense priorizará la recaudación fiscal de aquellos que tomen ganancias a partir de sus nuevas inversiones, más que de quienes deciden ahorrar de una manera alternativa.

 

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