La Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Uruguay determinó este viernes que deben archivarse la mayoría de las causas por violaciones a los derechos humanos ocurridos durante el régimen militar (1973-1985).
El máximo tribunal declaró inconstitucional una norma aprobada por el oficialismo en 2011 que permitía seguir investigando estos crímenes al declararlos de lesa humanidad.
Según el fallo de la Corte, los delitos investigados eran comunes y por tanto prescribieron el 1 de noviembre de 2011.
La sentencia de este viernes declara inconstitucionales dos artículos de la ley 18.831 aprobada en 2011, una semana antes de que prescribieran los delitos.
Esa norma anulaba la llamada Ley de Caducidad, una amnistía aprobada en 1986 que dio inmunidad a los militares acusados de violaciones a los derechos humanos.
El oficialista Frente Amplio hizo varios intentos de dejar sin efecto la Ley de Caducidad. En 2009 buscó derogar la norma a través de una consulta popular pero no logró la mayoría necesaria para hacerlo. (En 1989 la ley ya había sido ratificada por el pueblo).
En mayo de 2011 quiso anular la ley en el Congreso pero no lo logró debido a la oposición de uno de sus propios legisladores, Víctor Semproni, quien votó en contra -dándole mayoría al voto negativo- porque no quería oponerse a la voluntad popular.
Ante ese fracaso, el presidente de Uruguay, José Mujica, firmó en junio un decreto para permitir que se continuara investigando más de 80 casos de violaciones que habían sido frenados por gobiernos previos bajo el amparo de la Ley de Caducidad.
Finalmente, el 27 de octubre de ese año el oficialismo logró aprobar la ley 18.831, conocida como "ley interpretativa de la Caducidad", y así evitó que esas causas contra militares prescribieran.
No obstante, la decisión de la CSJ de este viernes deja nula esa decisión y ratifica la prescripción, aunque la corte señaló que sólo deben archivarse las causas en las que no hay militares procesados (que son la mayoría de los casos investigados). Las causas en las que ya hubo procesados pueden continuar.
El Frente Amplio consideró una "barbaridad" la decisión de la Corte.
"Es increíble que sigan existiendo artilugios que permitan a los violadores de derechos humanos permanecer impunes. El mensaje que se está dando para las víctimas y familiares es terrorífico", afirmó el vicepresidente de esa fuerza, Juan Castillo.
Decisiones controvertidas
A pesar de la polémica, lo cierto es que el fallo de la CSJ no sorprendió a muchos.
Después de la aprobación de la ley 18.831, en 2011, varios expertos legales uruguayos habían anticipado a BBC Mundo que eventualmente la norma sería declarada inconstitucional por el máximo tribunal, debido que se viola el principio de la no retroactividad de la ley penal.
La propia Corte, en un fallo de mayo de 2011, había declarado que los abusos cometidos durante el régimen militar no pueden ser considerados crímenes de lesa humanidad porque esa figura legal no existía cuando se cometieron los delitos.
No obstante, algunos, como el analista Julián González, del Instituto de la Ciencia Política de la Universidad de la República, consideraron que el fallo fue "una señal política fuerte de la Corte Suprema".
El motivo, según explicó González a BBC Mundo, es que la resolución se produjo apenas días después de que la CSJ decidiera apartar de su cargo a Mariana Mota, la jueza que llevaba la mayor cantidad de causas de violaciones de los DD.HH. durante el último régimen militar.
En declaraciones exclusivas a BBC Mundo, Mota había señalado que la decisión de la Corte de trasladarla del fuero penal al fuero civil fue "anómala" y que no había recibido ninguna explicación.
Tras el fallo de este viernes, la mayoría de las causas que llevaba Mota deberán ser archivadas.
¿Qué pasará ahora?
Pese a que el anuncio de la Corte Suprema supone un duro revés para los familiares de los cerca de 200 desaparecidos por el régimen militar y de los miles de detenidos y torturados, algunos mantienen la fe de que se podrá seguir buscando justicia.
Partido Comunista de Uruguay
"(La CSJ) asume la responsabilidad institucional de violar la sentencia de la Corte Interamericana de DD.HH."
Ignacio Errandonea, miembro de la asociación de Familiares de Desaparecidos, dijo al diario EL PAÍS digital que "habrá que ver caso por caso" ya que consideró que algunas de las causas no se reabrieron por la nulidad de la Ley de Caducidad sino por el decreto firmado por Mujica en junio de 2011.
Otra de las dudas que suscita esta decisión es cómo quedará parado Uruguay ante el derecho internacional.
En abril de 2011, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) había declarado en un fallo que la Ley de Caducidad no debía obstaculizar las investigaciones sobre violaciones a los derechos humanos e instó a Uruguay a que "adecue su derecho interno a la Convención Americana sobre Derechos Humanos".
En ese entonces, el exdecano de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, Alberto Pérez Pérez, -quien actualmente se desempeña como juez de la CIDH- afirmó a BBC Mundo que si la Corte Suprema uruguaya declaraba inconstitucional la ley 18.831 entonces el país estaría en violación del derecho internacional.
El Partido Comunista, que forma parte del Frente Amplio, señaló que con su fallo la CSJ "asume la responsabilidad institucional de violar la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos".
Por su parte, el Partido por la Victoria del Pueblo anunció que promoverá la denuncia de la Corte Suprema ante la CIDH.