No se puede negar que en la actual democracia representativa, la mentira que precede a las elecciones es el arma letal con la que se aniquila la libertad del voto. Por lo tanto, tuvo razón el estadista alemán Otto von Bismark, cuando refiriéndose a la asiduidad de la mentira dijo:  “Nunca se miente tanto como antes de las elecciones, durante la guerra y después de la cacería”.

Las alianzas o coaliciones electorales que suscriben los partidos políticos para concurrir a las elecciones con candidaturas comunes, constituyen, durante todo el proceso de negociación y al momento de hacerse públicas, una muestra incontrovertible del engaño a que son sometidos sus propios afiliados y toda la sociedad antes de la apertura de las asambleas electorales en las que se eligen los cargos presidenciales, congresuales y municipales.

Las alianzas son definidas por la Ley Electoral como “el acuerdo establecido entre dos o más partidos para participar conjuntamente en uno o más niveles de elección y en una o más demarcaciones electorales”.

En cambio, la coalición, de conformidad con el artículo 62 de la referida ley, “es el conjunto de partidos que postulan los mismos candidatos que han establecido alianzas electorales con uno o más de los integrantes de la misma, aunque no con todos ellos, siempre que tengan en común un partido que los personifique”.

Como se puede apreciar, nuestra legislación contempla una definición particular para cada término. No obstante, el Diccionario Electoral del Instituto Interamericano de los Derechos Humanos (IIDH), expresa lo siguiente: “Las legislaciones de muchos países latinoamericanos utilizan la denominación «coalición» en lugar de alianza (vgr. Brasil, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, México). La literatura política reserva, sin embargo, el término «coalición» para el acuerdo de varios partidos para la formación de gobierno en los sistemas parlamentarios. La formación de una coalición, en el sentido tradicional, es una unión post-electoral, mientras que la alianza es una unión pre-electoral (vgr. la Alianza, en Argentina, o la Concertación por la Democracia, en Chile)”.

Siguiendo la fábula de Esopo en el sentido de que “la unión hace la fuerza”, los partidos suelen unificarse, principalmente los de la oposición para enfrentar al de gobierno. Otra motivación de los acuerdos inter partidarios es la de obtener el triunfo en primera vuelta en los sistema de balotajes. Estos acuerdos, en muchos casos, tienen en común la afinidad ideológica de los suscribientes o la intención de desplazar del poder al partido gobernante.

Sin embargo, en la mayoría de las alianzas las pequeñas formaciones tienen como propósito, además del mantenimiento de la personería jurídica, la obtención de candidaturas y cargos gubernamentales.

Cuando el convenio es con el partido de gobierno se negocian, además, beneficios reprobables a costa de los bienes del Estado, los cuales,  como es de suponerse, no se plasman en los contratos que se depositan en la Junta Central Electoral.

La falacia de la alianza se corona con los discursos de los líderes de los partidos que la componen, quienes organizan una espectacular producción televisiva, para anunciarle al pueblo, con rostros seráficos, que la misma se hace desinteresadamente con el único propósito de beneficiar a la nación.