La magistrada Yeni Berenice Reynoso afirmó este miércoles que atenuar o eximir la configuración del tipo por la condición de pareja de la víctima "no admite una discusión mínimamente razonable”.
Las palabras de la fiscal vienen en un momento cuando en el país la comisión bicameral que estudia el proyecto de ley del Código Penal, captaron la atención de la opinión pública por debatir si la relación sexual no consentida entre pareja es violación o no y si la misma debería tener una pena leve.
A esto, Reynoso agregó que cuando un hombre o una mujer comete un acto sexual no deseado y el mismo no incluye penetración el nombre jurídico de esa acción es agresión sexual y aclaró que violación es un acto de penetración a una persona sin su consentimiento.
Asimismo, recordó que la violación entre pareja es un crimen que no es nuevo con vigencia de 24 en el Código Penal.
Especificó que tanto los artículos 331 y 322 del actual Código Penal tratan el delito sin importar quien lo cometa, la pena es la misma.
“¿Qué pasaría cuando una mujer viola un hombre? Es crimen con misma pena. ¿Cómo probamos la violación entre pareja? Como todos los delitos; con pruebas más allá de duda razonable”, expresó Reynoso.
Reynoso se expresó en una cadena de tuits publicados en su cuenta personal y se disculpó por no responder de manera directa las preguntas que algunos usuarios le han hecho en cuanto al tema.