SANTO DOMINGO, República Dominicana.-Una corte federal de La Florida falló revocando una sentencia anterior perjudicial para República Dominicana en relación con una litis que el gobierno dominicano mantiene con las empresas Sun Land y Architectural-Ingenieria Siglo.
La información fue divulgada por la oficina de abogados Holland & Night, que explicó que la litis está relacionada con un reclamo de pago de US$50 millones que las dos empresas reclaman al gobierno dominicano a través del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI).
Explico que las empresas Architectural Ingenieria Siglo y Sun Land & RGITC, del estado de La Florida (EEUU) demandaron a la República Dominicana y al Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), en la Corte Federal de Distrito para el Distrito Sur de Florida en 2013 por supuesto incumplimiento de contrato, en relación con el desarrollo de un sistema de riego en la República Dominicana.
Cuando República Dominicana y el INDRHI no respondieron, un juez federal de Miami emitió un fallo por falta de pago de US$50,1 millones.
Este hecho llevó al gobierno dominicano a contratar a Holland & Knight para derogar la sentencia y permitir al país defender la demanda sobre la base de sus méritos.
“Nuestros abogados argumentaron que el mal manejo de los servicios de la demanda y el juicio por default era un descuido excusable, y que el Tribunal de Distrito carecía de jurisdicción sobre el asunto para dar entrada a la sentencia por incumplimiento en relación con la República Dominicana”, explicó la firma de abogados.
Detalló que en junio de 2015 un equipo de abogados de Holland & Night, expertos en litigios y apelaciones del sur de la Florida, logró en la Corte de Apelaciones del Onceno Circuito revertir la sentencia que ordenaba a República Dominicana a compensar a las dos compañías de la Florida US$50,1 millones por un supuesto incumplimiento de un contrato de riego.
Los abogados alegaron negligencia excusable sobre la base de que los funcionarios dominicanos nunca conocieron la demanda debido a un error administrativo de un secretario del consulado.
“Para el Onceno Circuito, la cuestión central se centró en el servicio de la demanda y si un funcionario del gobierno dominicano recibió la queja alguna vez. Los abogados de Holland & Knight presentaron un argumento de investigación intensiva de hechos, que demostró finalmente que nadie en capacidad oficial de gestión en el Gobierno de República Dominicana sabía nada sobre el caso”, precisó.
Explicó que los abogados argumentaron, además, que el Tribunal de Distrito carecía de jurisdicción sobre el asunto para dar entrada a la sentencia en rebeldía contra República Dominicana, debido a que se trata de un país soberano extranjero protegido por de cualquier demanda de este tipo en EEUU por la Ley de Inmunidad de Soberanía Extranjera.
“En un dictamen de 29 páginas publicado en junio de 2015, el Onceno Circuito revocó el fallo del Tribunal de Distrito y devolvió el caso para otros procedimientos en el Tribunal de Distrito. El Undécimo Circuito encontró, en consonancia con los argumentos de los abogados de Holland & Knight, que al Tribunal de Distrito carecía de competencia material sobre algunos de los reclamos en contra de la República Dominicana sobre la base de su inmunidad soberana.
Asimismo, admitió el argumento de que la falta de pago se produjo como resultado de la negligencia excusable. Con la sentencia evacuada, el caso de incumplimiento de contrato ahora volverá al Tribunal de Distrito.