SANTO DOMINGO, República Dominicana.-La Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) rechazó el recurso de casación que interpuso el pelotero Julio Lugo y el Ministerio Público contra el estafador Edwin Vaquero condenado a cinco años de prisión.

Los jueces Frank Soto, Juan Hirohíto Reyes y Luis Omar Jiménez consideraron que el recurso era improcedente porque en virtud de lo que dice la norma, ya que Vaquero fue condenado por estafa y uso de documentos falsos y la pena máxima que prevé esta infracción es de dos a cinco años de reclusión.

“Considerando que al faltar un elemento constitutivo del delito de asociación de malhechores, en el caso  en concreto, el elemento constitutivo del concierto con miras a la preparación de actos materiales para la ejecución de crímenes, deviene en improcedente la escogencia de los medios propuestos por las partes recurrentes, ya que ellos convergen hacia ese punto”, explica la sentencia.

El pelotero Julio Lugo demandó por estafa, asociación de malhechores y uso de documentos falsos a Edwin Vaquero, de 61 años, quien lo estafó con la venta de un terreno por 50 millones de pesos

El pelotero Julio Lugo demandó por estafa, asociación de malhechores y uso de documentos falsos a Edwin Vaquero, de 61 años, quien lo estafó con la venta de un terreno por 50 millones de pesos, ubicado en el  sector Las Praderas, de esta capital utilizando documentos falsos.

En la sentencia número 149-2010 del 19 de octubre del 2010 dictada por el Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Vaquero a 10 años de prisión en la cárcel de Najayo y al pago de una indemnización de 100 millones de pesos, a favor de Lugo; cinco millones a favor del otro querellante en el proceso y 20 millones a favor de la razón social Inés Mar C por A.

Junto a Vaquero fue condenado Luis Manuel Ruiz Méndez, quien fue sentenciado a tres años de prisión.

Cuando Vaquero recurrió en apelación, a través de su abogada Manuela Ramírez, la Primera Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional acogió el recurso del condenado y modificó la decisión en el sentido de excluir a el tipo penal de la asociación de malhechores y variando la pena cinco años de prisión.

En el recurso de casación, que interpuso Julio Lugo a través de su abogado Carlos Olivares y el Ministerio Público, solicitaron al máximo tribunal que incluyera la asociación de malhechores como tipo penal y Vaquero fuera condenado a diez años de prisión.