SANTO DOMINGO, República Dominicana.-El primero en presentar un recurso de apelación contra la sentencia del caso José Figueroa Agosto fue Sammy Dauhajre, condenado a 15 años de prisión.

“Errónea determinación del grado de responsabilidad penal de Sammy Dahuajre, al concluir los jueces del tribunal A-quo, de forma errónea, respecto a su participación en los hechos que le atribuye el Ministerio Público”, explica el abogado Rafael Ariza en el recurso de apelación.

Según el abogado, las juezas Gisselle Méndez, Tania Yunes y July Tamariz incurrieron en una violación a los parámetros de valoración probatoria previstos en los artículos 172 y 133 del Código Procesal Penal.

“Violación del artículo 19 del Código Procesal Penal (CPP), sobre la formulación precisa de cargos; Violación a los artículos 180, 182 y 183 del CPP, sobre la registro de moradas y lugares privados, excepciones y contenido de la orden de allanamiento”, indica el escrito.

Alegan que se aplicó una errónea interpretación de la norma del artículo 68 de la Constitución, sobre las garantías de los derechos fundamentales, y también sobre el 69, acerca de las reglas de debido proceso.

Alegan que se aplicó una errónea interpretación de la norma del artículo 68 de la Constitución, sobre las garantías de los derechos fundamentales, y también sobre el 69, acerca de las reglas de debido proceso.

Asimismo, la pieza cita la resolución 3869-2006 de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y dice que hubo una inobservancia de la ley 196-11 que modifica el artículo 33 de la ley 72-02 del 7 de junio del 2002, sobre lavado de activos proveniente de tráfico ilícito de drogas y sustancias controladas y otras infracciones graves.

El pasado lunes 26 de septiembre Sobeida Félix Morel y Madeline Bernad Peña fueron condenadas a 5 años de prisión, mientras que Sammy Dauhajre, Juan José Fernández Ibarra, Ivanovich Smester y Mary Peláez fueron condenados a 15 años de reclusión.

Asimismo, Eddy Brito fue condenado a 12 años de prisión. Dolfi Peláez, hermana de Mary, fue descargada de toda responsabilidad penal durante el juicio de fondo que culminó el pasado mes de agosto.

El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó el lunes 26 de septiembre a siete de los ocho imputados del caso Figueroa Agosto, por comprobarse que incurrieron en el crimen de lavado de activos provenientes del narcotráfico, como parte de la red mafiosa del puertorriqueño “Júnior Cápsula”.