SANTO DOMINGO, República Dominicana.- A propósito del documento secreto al que tuvo acceso Acento sobre eventuales incorrecciones en el manejo del Ministerio Público del país, texto que cuenta “lo que no quieren que se sepa” al respecto, se recordó una sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) que en vísperas de las primarias de octubre anuló la inscripción de una fiscal que se presentó como precandidata.

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Se trata de las aspiraciones electorales de Mayra Altagracia Cuevas Segura que en las primarias del año pasado fue inscrita como postulante a alcaldesa del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) por el municipio de Fundación de la provincia Barahona.

Mayra Altagracia Cuevas Segura bien pudo haber actuado por iniciativa personal y hasta quizás olvidar que era fiscal, y que como que tal le está negada la posibilidad de candidatizarse, o haber recibido directrices en ese sentido, pero lo cierto es que a la postre fue demandada por transgresión a las disposiciones del artículo 172 párrafo II de la Constitución de la República.

Este artículo prohíbe a los miembros del Ministerio Público optar por algún cargo electivo público o siquiera participar en actividades político partidistas.

Un fallo adoptado por unanimidad de los magistrados que integran el TSE (Román Jáquez Liranzo, Rafaelina Peralta, Ramón Arístides Arias, Cristian Perdomo y Santiago Sosa) anuló en septiembre pasado la candidatura de la fiscal en actamiento a la norma, muy poco antes de la celebración de las primarias.

La sentencia en cuestión LÉALA AQUÍ asimismo ordenó a la Junta Central Electoral adoptar "las medidas necesarias con el propósito de lograr el cumplimiento efectivo" de lo sentenciado.

Dispuso, además, la ejecución provisional de la sentencia, no obstante cualquier recurso que contra la misma se pudiera interponer, y por consiguiente rechazó "el medio de inadmisión planteado en audiencia por el PLD, parte co-demandada, que buscaba no se admitiera la impugnación de la precandidatura en virtud de los principios de preclusión y calendarización".