SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional rechazó la solicitud que hizo la defensa de Tommy Galán de reposición de plazos, y al que se adhirieron las demás barras de coimputados del caso Odebrecht, Víctor Díaz Rúa, Ángel Rondón Rijo, Andrés Bautista, Roberto Rodríguez y Conrado Pittaluga.

En adición, se rechazó el recurso de oposición que presentó Miguel Valerio por parte de Díaz Rúa, y la defensa de Pittaluga, al principio de concentración que dispuso la jueza presidenta del tribunal, Gisselle Méndez. La decisión se tomó a unanimidad.

Fue el abogado Guarionex Ventura, representante de Galán, quien hizo cara a la petición al inicio de la primera audiencia del caso tras ser referido a la Fiscalía del Distrito, argumentando que su cliente no recibió el plazo para preparar los incidentes y excepciones una vez su expediente fue remitido desde la Suprema Corte de Justicia (SCJ), como establece el artículo 305 del Código Procesal Penal sobre fijación de audiencia y solución de los incidentes.

Ventura explicó que el plazo que se agotó en cumplimiento a la disposición del artículo 305 fue respecto del proceso de los demás imputados, no del proceso de su cliente. En sus palabras, el exsenador de San Cristóbal no vivió la garantía procesal que le concedieron a los demás implicados en febrero, ya que su expediente llegó a ese tribunal en abril.

A esto, añadió que no recibieron auto de citación a la audiencia para Tommy Galán ni notificación del orden de pruebas por parte del Ministerio Público ante el nuevo escenario, a lo que el órgano persecutor en la persona del fiscal Milcíades Guzmán contestó: “Ellos están aquí, están presentes. Cualquiera que haya sido el método que los convocó, fue efectivo. Basta y sobra con que están aquí presentes”. Sobre el orden de prueba, cuestionó por qué debían notificar el orden de pruebas si conservaron el mismo de la etapa anterior del proceso.

“¿Y no debe llevarse el juicio con toda la garantía procesal?”, carraspeó Carlos Salcedo, de la barra de defensa de Andrés Bautista, para luego solicitar que la reposición del plazo fuera extensiva a todas las partes, decisión a la que se habían referido en el mismo sentido las barras de Víctor Díaz Rúa, Ángel Rondón y Conrado Pittaluga.

Los coimputados junto a Galán expresaron que la presencia de este en el juicio que se lleva a cabo en el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional a partir de este lunes, puede ocasionar daños a la estructura de las defensas, ya que da apertura a situaciones respecto de planteamientos que deberán robustecer en la estrategia.

“Lo que pretende el Ministerio Público es que permanezcamos totalmente indiferentes a la llegada de ese imputado. ¡Aquí hay una ficha nueva!”, dijo Manuel Alejandro Rodríguez, defensor de Pittaluga.

“Si la persecución es personal y las defensas son individuales, la estrategia de defensa debe estar enfocada en eso”, decidió el tribunal, señalando que no afecta el curso y desarrollo normal del juicio.

El Ministerio Público había pedido el rechazo del pedimento porque entendió que las barras de defensa no pudieron demostrar el defecto de las notificaciones o de la causa mayor que le haya impedido usar el plazo que otorga el artículo 305 del Código Penal.