SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia impuso prisión preventiva contra Yamil Abreu Navarro, exdirector de la Junta Municipal de Las Lagunas en Azua, como medida de coerción para asegurar el proceso de extradición por narcotráfico a los Estados Unidos.
El tribunal, liderado por el magistrado Francisco Antonio Jerez, conoció este viernes 19 la audiencia virtual de la solicitud de medida de coerción que solicitó el Ministerio Público, donde se discutió la existencia o no peligro de fuga del imputado, quien deberá cumplir la medida en el Centro Penitenciario y Rehabilitación Najayo Hombres hasta tanto se conozca la solicitud de extradición, pautada para el 17 de julio.
“Yamil Abreu no va para ninguna parte”, aseguró la defensa del imputado por vinculaciones al cartel de Sinaloa previo al fallo. Ante el tribunal, presentaron documentos para validar su posición. Entre ellos, una declaración jurada de bienes, una carta de la Diócesis de San Juan de la Maguana sobre comportamiento, y una certificación del registro de proveedores del Estado sobre de los negocios que tiene de venta de ganado.
Además, explicaron que nunca ha cambiado de domicilio, que no huyó cuando tuvo la oportunidad y que hace vida pública y política en todo el sur del país.
Su barra pidió cuatro de las siete medidas cautelares con el fin de evitar la prisión preventiva. El pedimento que hicieron ante los jueces fue la garantía económica, presentación periódica, impedimento de salida para asegurar proceso de extradición, y la imposición de un grillete electrónico.
Al iniciar la audiencia, Freddy Castillo, abogado de Abreu, solicitó su aplazamiento argumentando que Abreu no podía enfrentar la solicitud “a oscuras”, ya que no tuvo la posibilidad de establecer una reunión con sus abogados previo a la audiencia.
En tanto, el Ministerio Público, representado por Francisco Cruz Solano y Andrés Chalas, y la representante de las autoridades penales de Estados Unidos, Analdis Alcántara Abreu; entendieron que el imputado tenía las condiciones para conocer la decisión.
En una primera decisión de los jueces, se ordenó a unanimidad retomar la audiencia, que más tarde terminó con el fallo sobre la medida cautelar, ya que el ámbito de discusión de la audiencia se limitaba a los aspectos de la medida, no de la extradición que solicitó el país extranjero.