SANTO DOMINGO, República Dominicana. – El Consejo del Poder Judicial aclaró que la declaración de extinción del proceso disciplinario llevado a los jueces Aleida Jiménez Acosta y Willy de Jesús es no corresponde a una decisión final, sino a la etapa de instrucción, emitida por el Consejero de la Instrucción Preparatoria, y por tanto no ha adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada.
La Suprena Corte de Justicia (SCJ) emitió una comunicación luego de que se filtró la supuesta restitución en sus funciones de estos dos jueces, conocidos por su vinculación al caso de Alejandro Castillo Paniagua (Quirinito).
En un comunicado de prensa, el órgano judicial explicó que la resolución 25-18, que aprueba el Reglamento Disciplinario aplicable a los jueces y juezas del Poder Judicial, establece las etapas que deben agotar el proceso.
En un documento instructivo sobre el tema, señaló que en la etapa de instrucción que se encuentra el caso, se recolectan las pruebas y se presenta la acusación al Consejero de la Instrucción Preparatoria. En ese sentido, se espera que este Consejero decida si emite apertura a juicio disciplinario o si emite un archivo de las actuaciones.
Si la decisión no es de apertura a juicio disciplinario, entonces el Inspector General podrá recurrir la decisión, en un plazo de cinco días.
Finalmente, dijo que en el caso de los magistrados Aleida Jiménez Acosta y Willy de Jesús no se trató de una decisión del Consejo que exime de responsabilidad a los juzgadores.