SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Procuraduría General de la República revocó la instrucción que promulgó hace cuatro días sobre el procesamiento y las sanciones por incumplimiento del toque de queda y reconoció que no se puede imponer multas "que excedan el límite de entre uno y diez salarios mínimos que manda la Ley General de Salud”.
La decisión de la magistrada Miriam Germán Brito revierte la instrucción que había emitido a los fiscales el 11 de enero y desde hoy, 15 de enero de 2021, dispone que los integrantes del Ministerio Público “deberán procurar que los ciudadanos que violenten las normas sanitarias establecidas por el Poder Ejecutivo, y que a su vez se amparan en declaratorias de Estado de Excepción, sean sometidos ante el juez de Paz de la jurisdicción correspondiente que conozca asuntos contravencionales”.
Pero, “las multas impuestas al ciudadano jamás” deben exceder “de entre uno y diez salarios mínimos, como lo establece la Ley General de Salud Pública, No. 42-01, de fecha 8 de marzo del año 2001”.
El artículo 153 de la Ley General de Salud estipula sanciones de entre 1 y 10 salarios mínimos (entre RD$10,000 y RD$100,000) para quienes incumplan las medidas adoptadas por las autoridades de salud para prevenir y controlar las enfermedades transmisibles.
La fijación de otros montos “obedecía al interés del Ministerio Público de ofrecer una especie de criterio de oportunidad para atenuar la sanción imponible en el caso de conductas que se consideren de menor lesividad, así como un parámetro común para proceder y evitar la discrecionalidad”, explicó la procuradora en una nota de prensa.
Dijo que “intuye” que las normas aplicables a quienes violentan las medidas dispuestas por las autoridades sanitarias para prevenir y controlar la pandemia “al parecer se empezaron a aplicar analógicamente al procedimiento de multas establecido en la Ley General de Tránsito”.
“Dicha legislación –añadió- permite el pago voluntario de la multa del infractor, sin necesidad de agotar el procedimiento jurisdiccional, beneficiando al procesado con la fijación de un monto menor imponible”.
Germán Brito sostuvo una reunión con la directora general de Persecución del Ministerio Público, Yeni Berenice Reynoso, “a quien encomendó instruir a todos los fiscales para que procedan a instrumentar de urgencia los sometimientos correspondientes por el procedimiento contravencional a quienes violenten las medidas adoptadas para prevenir la COVID, incluyendo el incumplimiento del toque de queda”.
La procuradora recordó la necesidad de que el Ministerio Público “apoye las acciones del Gobierno y acompañe a toda la población en la implementación de las medidas que, como el toque de queda y el distanciamiento social, buscan frenar la pandemia”.
Aunque procedió a revocar su instrucción, “tras analizarla y discutirla con su equipo de expertos, la magistrada garantizó a la ciudadanía que jamás el Ministerio Público dejará de cumplir sus funciones y su obligación de perseguir sanciones contra quienes incumplan las medidas adoptadas por las autoridades competentes para garantizar la salud pública”.