SANTO DOMINGO, República Dominicana.-El Foro Feminista Dominicano rechazó de forma “contundente” la sentencia 168 del Tribunal Constitucional, que despoja de la nacionalidad a todos los nacidos de extranjeros indocumentados desde el año 1929 hasta la fecha.

La ONG feminista sostiene que la sentencia es contraria al Estado de derecho y que le preocupa que haya sido dictada por el Tribunal Constitucional, alta corte que se supone debe garantizar la vigencia y cumplimiento del mandato constitucional.

“Compartimos el criterio que ha externado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) respecto de la decisión, en el sentido de que es inaceptable que se modifique retroactivamente la normativa vigente desde 1929 hasta 2010, despojándose a miles de ciudadanas y ciudadanos dominicanos de su nacionalidad”, precisa la entidad

Advierte que las personas afectadas por la sentencia terminarán convirtiéndose en apátridas con todas las consecuencias que este hecho implica, sobre todo para las mujeres y niñas.

La declaración está firmada por Orlidy Inoa, Marianela Carvajal y Altagracia Balcácer.

A continuación la declaración íntegra:

Declaración Foro Feminista Dominicano sobre sentencia no. 0168 del tribunal constitucional

El Foro Feminista dominicano por medio de la presente declaración RECHAZA de forma contundente la Sentencia No. 0168 del Tribunal Constitucional, dictada el 23 de septiembre de 2013, sobre proceso masivo de desnacionalización de dominicanas y dominicanos, por considerarla contraria al Estado de Derecho.

Estimamos como sumamente preocupante el hecho de que sea el tribunal que está llamado a garantizar la vigencia y cumplimiento del mandato constitucional el mismo que haga caso omiso de los preceptos que la norma suprema contiene y protege, equiparándose a un golpe de estado a la seguridad jurídica.

Creyentes en el sistema universal e interamericano de los derechos humanos de todas y todos, compartimos el criterio que ha externado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) respecto de la decisión, en el sentido de que es inaceptable que se modifique retroactivamente la normativa vigente desde 1929 hasta 2010, despojándose a miles de ciudadanas y ciudadanos dominicanos de su nacionalidad y convirtiéndolos en apátridas con todas las consecuencias que este hecho implica, sobre todo para las mujeres y niñas.

Resaltamos que el derecho a la nacionalidad de toda persona es un derecho humano fundamental que forma parte incluso de la propia identidad y a partir del cual es que se pueden ejercer los demás derechos fundamentales

Esta decisión del Tribunal Constitucional establece un nefasto precedente violatorio de la Convención Americana sobre Derechos Humanos de la cual República Dominicana es signataria, siendo la misma parte del derecho interno con rango constitucional. Específicamente, en el caso Yean y Bosico c. República Dominicana la Comisión Interamericana de Derechos Humanos –CIDH-  recomendó al Estado dominicano adecuar su legislación y sus prácticas migratorias de conformidad con las disposiciones de la convención.

No obstante ello, intervino una sentencia condenatoria de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) la que estableció que “el estatus migratorio de una persona no se trasmite a sus hijos, y la condición del nacimiento en el territorio del Estado es la única a ser demostrada para la adquisición de la nacionalidad, en lo que se refiere a personas que no tendrían derecho a otra nacionalidad si no adquieren la del Estado en donde nacieron”, poniendo hoy en entredicho la obligación de acatar las decisiones de los órganos internacionales de derechos humanos a los que se ha sometido.

Resaltamos que el derecho a la nacionalidad de toda persona es un derecho humano fundamental que forma parte incluso de la propia identidad y a partir del cual es que se pueden ejercer los demás derechos fundamentales consagrados en la Constitución, como es el caso de los derechos civiles y políticos. Esta sentencia, por tanto, condena a la muerte civil a miles de seres humanos lo cual es inconcebible en un llamado Estado Democrático y Constitucional de Derecho.

Es igual de preocupante el que no se haya tomado en cuenta a la hora de decidir el principio de interpretación favorable de las normas, consagrado en el artículo 74 de la Constitución dominicana, el cual dota a los tribunales de márgenes de apreciación que deben inclinarse hacia la norma jurídica más protectora o que mejor garantice el ejercicio de un derecho fundamental, única excepción precisamente al principio de irretroactividad de la ley.

Por el contrario, los jueces del tribunal, a excepción de dos magistradas a través de sendos votos disidentes, como ya han señalado expertos en la materia, han puesto por encima de la preservación del derecho fundamental de la persona un método de interpretación distinto al que la Constitución establece, es decir, un método que va en detrimento de la protección de derechos fundamentales consagrados.

El Foro insta al Tribunal Constitucional dominicano a rectificar este precedente ante la oportunidad de conocer un caso similar por medio de una decisión que sí esté fundamentada en los principios constitucionales que hoy han sido violentados. Reiteramos que ningún Estado que haya aceptado la competencia de la CorteIDH puede vía jurisprudencial sentar precedentes al margen de las decisiones vinculantes de este organismo, ya que esta competencia jurisdiccional implica que sus sentencias son obligatorias y forman parte del bloque constitucional de derecho.

Queremos resaltar, finalmente, el impacto específico que tiene la decisión en las mujeres bajo la condición de apatridia. Las mujeres apátridas son más vulnerables en razón de que al no poder contar con la protección jurídica y social del Estado se pueden más fácilmente convertir en víctimas del crimen organizado, como redes de trata para la explotación sexual con fines comerciales.

Al mismo tiempo, tienen un acceso mucho más restringido al sistema público de salud, dificultando esto la pronta atención de enfermedades que pueden ser mortales, así como implicando una barrera para que puedan denunciar situaciones de violencia, debilitando los esfuerzos llevados a cabo para disminuir los feminicidios, y además enfatizando la situación de pobreza extrema de estas mujeres y sus familias.

Hacemos un llamado a todas las organizaciones de mujeres del país, y la región, para que continúen uniendo sus voces de rechazo contra esta horrorosa decisión por todas las vías posibles.