SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La ministra de Salud, Altagracia Guzmán Marcelino recibió con júbilo este jueves la aprobación en primera lectura en el Senado de la República del proyecto de Ley de reforma y separación de funciones que crea el Servicio Nacional de Salud (SNS) y le confiere el rol de rectoría y regulación al Ministerio de Salud, conforme manda la ley General de Salud No.42-01.
La doctora Altagracia Guzmán Marcelino aseguró que "la Ley de separación de funciones es el instrumento que hará sostenible un proceso en el que creemos y por el que hemos luchado juntos de manera tesonera todos los aquí presente".
Con esas palabras la Ministra de Salud dio apertura al taller convocado por el organismo estatal para pasar balance a los avances del proceso de reforma y separación de funciones conforme al mandato del Decreto presidencial número 379-14, de octubre último.
La ministra Guzmán Marcelino exhortó a las instancias del Ministerio cuya actividad misional los vincula directamente con el proceso de separación a darles estricto seguimiento a sus programas de trabajo.
Confió que el proyecto será aprobado definitivamente en segunda lectura el próximo miércoles, cuando sea conocido nuevamente en el Senado. En el taller participaron como invitados los presidentes de las comisiones de salud del Senado y la Cámara de Diputados, respectivamente, doctores Luis René Canaán Rojas y Mario Hidalgo.
Mediante el decreto 379-14, de octubre de 2014, el Poder Ejecutivo instruyó al Ministerio de Salud a proceder a tomar las acciones pertinentes para en un plazo determinado pasar a la Dirección de Coordinación de los Servicios Nacionales de Salud (SNS) toda dispensación de servicios y atención directa a las personas, así como a la conformación de la Red Única de Hospitales Públicos, previstos por el decreto número 380-14 para garantizar dichos servicios.
La Ley que crea SNS
Este proyecto de Ley en su artículo 1, establece la creación del SNS, con una Dirección Central y sus respectivas expresiones territoriales regionales de carácter desconcentrado.
No obstante, excluye del ámbito de aplicación de la presente ley los servicios de atención a la salud responsabilidad de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional y aquellos que, por razones de seguridad y defensa o razones de alto interés nacional sean definidos en el Reglamento de la presente ley o mediante decreto del Poder Ejecutivo.
El párrafo II del artículo 4, precisa que la Dirección Central del SNS será la responsable de definir e implementar en un plazo no mayor a 180 días, a partir de la promulgación de la presente ley, un modelo estandarizado de gestión tendente a asegurar la efectividad técnica, administrativa y financiera de los Servicios Regionales de Salud como base para el desarrollo de la autogestión administrativa.
Dicho proyecto fue aprobado en primera y segunda lectura en la Cámara de Diputados y el pasado martes en primera lectura por el Senado. El proyecto será puesto en agenda para la sesión del próximo miércoles 1 de julio de 2015.
El taller
La reunión fue también evaluó los avances que experimenta el proceso de implantación del Nuevo Modelo de Atención en los Servicios Regionales de Salud (SRS) priorizados.
Este proceso constituye unos de los pilares de la agenda del Ministerio de Salud, en razón de su importancia en el marco de la puesta en vigencia del sistema de referencia y contra referencia que servirá de sostén al Servicio Nacional de Salud (SNS).
La evaluación de esta etapa de la reforma incluyó las implicaciones y los retos. Los Servicios Regionales de Salud priorizados son los correspondientes a la Región Metropolitana o Región 0 de Salud (Distrito Nacional, Provincia Santo Domingo y Monte Plata), Servicio Regional de Salud Cibao Oriental o Región III de Salud (Provincias Duarte, María Trinidad Sánchez, Hermana Mirabal y Samaná).
Asimismo, la Región IV de Salud o Servicios de Salud de la Región Enriquillo, correspondiente a las provincias Barahona, Baoruco, Pedernales e Independencia).
Entre las instancias del Ministerio que expusieron en el taller figuran los viceministerios de Planificación y Desarrollo, Garantía de la Calidad y Administrativo Financiero.
También, el Viceministerio de Salud Colectiva, la Dirección de Coordinación del Servicio Nacional de Salud y varias dependencias del Despacho del Ministerio.