SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El presidente Luis Abinader emitió hoy un decreto (decreto 7-21) con nuevas medidas frente a la propagación del coronavirus y la enfermedad covid-19 que provoca, lo que supondrá, desde el 11 de enero, una mayor flexibilización del periodo de gracia para realizar desplazamientos a partir de la aplicación del toque de queda, pero una menor tolerancia a actividades no esenciales que neutralizan la lucha contra la pandemia
El decreto respectivo dispone la creación, por ejemplo, de brigadas de “vigilantes sanitarios” coordinadas por ministerios y alcaldías.
Antes de la promulgación del decreto, el presidente Abinader se reunió con directivos de medios de prensa a quienes les adelantó el contenido de este y les destacó, por ejemplo, que se produjo un aumento de casos de la covid-19 debido a las festividades de Navidad y Año Nuevo, como ocurrió en la mayoría de los países en todo el mundo, pero que la letalidad se mantiene bajo control. También trató diversos otros asuntos.
TOQUE DE QUEDA Y TIEMPO EXTRA PARA RESPETARLO
El tránsito de lunes a viernes estará permitido hasta las 8 de la noche y los fines de semana será hasta las 3 de la tarde, pero el toque de queda se mantendrá desde las 5.00 de la tarde de lunes a viernes y al mediodía los fines de semana.
La Oficina para el Reordenamiento del Transporte (OPRET) y la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA) deberán ofrecer sus servicios a la ciudadanía dentro del horario de circulación definido en el decreto y no cerrar sus puertas indebidamente.
Para el sector laboral gubernamental, el decreto ordena que el 40 % de los empleados públicos cumplan sus labores desde sus hogares (teletrabajo) y quienes deben hacerlo de manera presencial deberán concluirlo a las 3:00 pm.
Los restaurantes podrán reabrir al público, pero ocupando sus locales hasta el 50% de su espacio físico y en cada mesa no más de 5 personas, en tanto que los bares y colmadones, como los demás negocios de bebidas alcohólicas seguirán vetados.
Los espacios públicos abiertos al aire libre, tales como parques y malecones, sólo podrán ser utilizados para prácticas deportivas que no impliquen la conformación de grupos, equipos o aglomeración de personas de ninguna naturaleza.
Continúan clausurados los gimnasios en espacios públicos o privados, lo mismo los cines, teatros y cualquier otra instalación de eventos públicos y masivos cuya oferta "no resulte indispensable para el desenvolvimiento de la ciudadanía".
- Debido a un error en la fecha, el presidente debió emitir la correción respectiva: