SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El debate para modificar el Código Penal tiene unos 23 largos años, y hasta la fecha no se ha llegado a un consenso en el que se modifique la pieza legal que data de 1884.

Justamente, con la instalación de un nuevo Congreso, los diputados han iniciado el proceso de discusión que modificaría el Código Penal.

Ayer miércoles la Cámara de Diputados aprobó una modificación del proyecto del Código Penal que elimina la orientación sexual y el género como dos supuestos para el delito de discriminación.

Un total de 92 legisladores votaron a favor del proyecto y otros 35 en contra.

Pero, ¿quiénes fueron los diputados que votaron a favor del proyecto con este cambio?

Por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), entre los que votaron a favor de la iniciativa se encuentran Betty Gerónimo, Gustavo Lara, Orlando Jorge, Olfanny Méndez, Nelsa Suárez, Agustín Burgos, Pedro Alcántara, Moisés Ayala, Luis Báez, Gilberto Balbuena, Ramón Bueno, Eugenio Cedeño, Ge Concepcion, Carlos de Jesus, Dionisio de la Rosa.

Asimismo, Edward de Oleo, Francisco Díaz, Luis Fernández, José Ferreiras, Manuel Florián, Luis Gómez, Franklin Guerrero, Jefry Grullón, Fausto Guerrero, Alexis Jiménez, Julio López, Napoleón López, Llaneli Matos Cuevas, Eliazer Matos Féliz, Jhonny Medina, Jesús Ogando, Ramón Olea Mejía, Nolberto Ortíz, Rosa Pilarte, Dulce Quiñonez, Juan Rojas, Pedro Tineo y Darío Zapata,

Del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), solo Fior Peguero votó a favor.

En cambio, del Partido de la Liberación Dominicana, PLD, están Rafael Abel Lora, Sandra Abinader, Yenrry Acosta, Sonia Agüero, Juan Campos, Priscila de Oleo, Ydenia Doñé, Ramón Dorrejo, Dolores Fermín, Rosa Genao, Rafael Cuevas, Josefa Mejía, Rudy Méndez, Lupe Núñez, Plutarco Pérez y Fabiana Tapia.

Así como Ycelmary Brito (la cantante Juliana), Herib Aracena, Yuderka de la Rosa, Carlos García, Rubén Maldonando y Enrique Rojas de la Fuerza del Pueblo.

Además, Elías Wessin Chávez y Miguel Bogaert del Partido Quisqueyano Demócrata y Pedro Botello, Máximo Castro y Rogelio Genao del Partido Reformista Social Cristiano, PRCS.

Los que votaron en contra

Dentro de los 35 diputados que votaron en contra de eliminar la orientación sexual y el género como dos supuestos para el delito de discriminación están Alfredo Pacheco, Iganacio Aracena, Eduviges Bautista, Kenia Bidó, Ramón Ceballo, Alexander Javier, Gregorio Dominguez, Sadoky Duarte, Julito Fulcar.

Además, Tulio Jiménez, Eddy Montás, Ivanni Rivera, Ana Rodríguez, Gustavo Sánchez, Bolívar Valera, Luis Vargas, Damari Vásquez, Saury Mota, Héctor Féliz, entre otros.

Solo 63 legisladores no votaron, ya sea porque se abstuvieron o porque no estuvieron presentes durante la sesión. Entre ellos Juan Dionicio Restituyo, Charlie Canaán, Radhamés Camacho, entre otros.

El proyecto también establece que la preferencia u orientación sexual de la víctima no sea considerada como agravantes en el caso de homicidio o de torturas y actos de barbarie.

Las propuestas de modificaciones, sometidas por la diputada peledeísta Ysabel de la Cruz, sobre el aborto fueron aprobadas con 92 votos a favor, 35 en contra y 18 diputados, se abstuvieron de votar.

Modificaciones sobre el aborto

Entre las enmiendas sometidas por De la Cruz, sobre la interrupción del embarazo, la Cámara de Diputados acogió la introducción del párrafo 1 del artículo 109 sobre el aborto, mismo que fue eliminado por un error, con relación al proyecto de ley aprobado en primera lectura.

Dicho párrafo señala que “se sancionará con uno a dos años de prisión menor a la mujer que se provoque un aborto o que consigna en hacer uso de las sustancias que con ese objeto se le indiquen o administren, o que consienta en someterse a los medios abortivos antes indicados, siempre que el aborto se haya efectuado”.

Por otra parte, se mantuvo en el artículo 112, la excepción para la práctica del aborto, únicamente cuando las vidas de la madre y del feto se encuentren en peligro, pero únicamente cuando sean agotados todos los medios científicos y técnicos disponibles hasta donde sea posible, por lo que – a diferencia de la causal que versa sobre este punto -, la mujer quedaría ausente de esa decisión.

Otro de los artículos modificados y aprobado fue el 109, que establece que quien cause la interrupción del embarazo a una mujer o coopere con el referido propósito, aun sea consentido por la mujer, será sancionado con uno a dos años de prisión menor, disminuyendo así la pena aprobada en primera lectura, de dos a tres años de prisión menor.

El proyecto de Código Penal pasará ahora al Senado, cámara en la que se podrán introducir modificaciones al texto, que sustituirá al actual Código Penal, que data de 1884.