SANTO DOMINGO, República Dominicana. – Porque no se pudo estructurar el tipo penal de enriquecimiento ilícito, porque consideró como inválida la acusación de falsedad de escritura pública en la declaración de patrimonio, y porque no encontró pruebas suficientes para tipificar el delito del blanqueo de activos; fue que el Ministerio Público que encabezó Jean Alain Rodríguez, dispuso el archivo definitivo de Julio César Valentín en el caso Odebrecht el 27 de septiembre 2019.
Fue este lunes cuando el director de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), Wilson Camacho, dio a conocer que los archivos que habían pasado a estado provisional según anunció el ex procurador Jean Alain Rodríguez, realmente fueron definitivos.
“Los que se quedaron ahora que dicen que no lo sabían, son tan irresponsables como aquel que ya no está, que dijo que el archivo era provisional para estafar a la gente con esa información, y que ahora resulta que era definitivo”, expresó el abogado Manuel (Manny) Sierra.
A pesar de la indignación que causó la información en la comunidad jurídica, la acción de Rodríguez no tiene consecuencia o sanción legal.
Junto a Valentín, se archivaron los expedientes de Juan Temístocles Montás, Alfredo Pacheco, Ruddy González, César Sánchez, Bernardo Castellanos, Máximo de Óleo y Radhamés Segura.
En el expediente, al que Acento tuvo acceso, el Ministerio Público planteó las razones por las que procedió a pasar de archivo provisional fundamentado en la causal 4 (los elementos de prueba resulten insuficientes para fundamentar la acusación y no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos elementos) a archivo definitivo fundamentado en la causal 6 (es manifiesto que el hecho no constituye una infracción penal).
No se pudo estructurar el tipo penal de enriquecimiento ilícito
La motivación del Ministerio Público en ese sentido fue que, con la exclusión de dos inmuebles y un vehículo de la esposa del imputado de su patrimonio, “erróneamente declarados como propios” en la investigación preliminar, no se observaba un aumento desproporcional del patrimonio. Por tanto, “no existen los elementos suficientes para establecer los elementos constitutivos del enriquecimiento ilícito”, indica el documento.
Invalidez de la acusación de falsedad de escritura pública
El órgano estableció que comprobó que los vehículos de lujo que figuraban a su nombre en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) no pertenecían a Valentín, sino a terceros que los habían adquirido a través de su persona por el beneficio del que gozaba como senador. Según argumentó el Ministerio Público, eso no constituye una infracción penal.
Junto a estas razones, señaló que, a diferencia de otros imputados, no encontró pruebas suficientes para tipificar el delito de blanqueo de activos, lavado de activos, ni que usara testaferro para ocultar las operaciones.
De provisional a definitivo
El documento indica que el caso de Julio César Valentín se dictó como archivo provisional por medio del auto 00011 del 7 de junio 2018.
Más tarde, el 27 de septiembre del 2019, el Ministerio Público escribió: “A pesar del gran esfuerzo que ha realizado hasta el día de hoy luego de dictar el archivo provisional, el Ministerio Público, no pudo encontrar, ni existe la posibilidad de incluir evidencias que permitan variar el estado del presente proceso por lo que, el Ministerio Público, a tenor del principio de objetividad que rige sus actuaciones (…) procedió a dictar un archivo definitivo en su beneficio”.
Si la actual Procuraduría entiende que hubo una actuación fraudulenta al momento de archivar definitivamente luego de que el archivo era provisional, puede abrir un proceso en contra de la pasada gestión. “Como el fraude lo corrompe todo, entonces ella puede dentro de ese argumento reabrir el proceso”, dijo Sierra refiriéndose a la procuradora Miriam Germán Brito.
Por otro lado, como las leyes indican que los actos de corrupción son imprescriptibles, la actual procuradora puede abrir el proceso para continuar la investigación de los ex imputados en el caso, ya que no han sido juzgados, sino investigados.