SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Los militares tienen derecho a una jurisdicción penal especial y el ministro de Defensa, Carlos Luciano Díaz Morfa, tiene razón cuando solicita al presidente de la Cámara de Diputados que mantenga vigente el artículo 5 del viejo Código Penal, afirmó el jurista Olivo Rodríguez Huertas.

Ese artículo se origina en el artículo 211 de la Constitución de 1844, dijo el abogado constitucionalista y ex embajador dominicano ante el Reino de España.

El especialista afirmó que desde la eliminación del Código de Procedimiento Criminal en el 2004 el país entró en una constante violación de la Constitución de la República al someter a los militares y policías en tribunales ordinarios, cuando la Constitución misma es la que establece un régimen especial, debido a que los militares pierden derechos ciudadanos, como el derecho al voto.

Olivo Rodríguez Huertas refutó los argumentos del abogado Francisco Alvarez Valdez, quien favorece la eliminación de la jurisdicción especial militar, y explicó las razones históricas y constitucionales por las que el ministro de Defensa, Carlos Luciano Díaz Morfa, tiene razón.

Rodríguez Huertas fue entrevistado en el programa ¿Y tú…qué dices? que se transmite todos los días en AcentoTV, en horas de la noche, conducido por el periodista Fausto Rosario Adames.