SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Jurisdicción Inmobiliaria anunció el aumento en las tarifas por servicios y la creación de nuevas cargas, a partir de día 1 de septiembre del cursante año.

La medida ha creado protestas entre abogados, que estiman ilegales y violatorio a la Constitución de la República, el establecimiento de cargas por servicios de una institución que los ciudadanos pagan a través de los recursos captados a través de los impuestos para el presupuesto general de la nación y cuyos recursos están previstos en la partida consignada al Poder Judicial.

El Consejo del Poder Judicial mediante acta número 25/2015,  de fecha 15 de junio del año 2015, aprobó la modificación  e inclusión de nuevas tasas por servicios de la Jurisdicción Inmobiliaria a partir  del 1 de septiembre.

O sea, que servicios que hasta la fecha están exentos de pagos, a partir del referido día quedaran afectados con las cargas.

Entre los servicios que estaban liberado de pago en las oficinas del Registro de Títulos del país y que ahora tienen cargas de RD$1,000.00, se encuentran la cancelación de hipoteca convencional; consolidación de constancias anotadas; hipoteca judicial provisional; mandamiento de pago; adjudicación;  cancelación de embargo; hipoteca legal de la mujer casada  y anotación preventiva.

También a partir del día 1 de septiembre  la jurisdicción inmobiliaria cobrará RD$1,000.00, por los servicios cancelación de anotación preventiva; transferencia de mejoras, rectificación de registros relativos al estado civil; cancelación de la hipoteca legal de la mujer casada; cambio de denominación o transformación social; constitución de régimen de condominio y de condominios en fases o etapas; canje registral, entre otros.

En tanto que experimentaran incremento en los costos  a RD$1,000.00, por los servicios de solicitudes de expedición de estatus jurídico y certificaciones de inscripción; A RD$1,000.00 la primera solicitud de expedición de certificación de registro de acreedores, en tanto que las solicitudes posteriores mantendrán su tarifa de RD$4,000.00; la inspección RD$3,000.00M; uso de datos  para georreferenciación, que pagará el costo de RD$1,000.00 por cada designación catastral  resultante involucrada en el expediente y RD$100.00 por la impresión de documentos en la unidad de consultas.

Mantendrán sus costos de RD$4,000.00, por la primera solicitud de expedición de duplicado de título por pérdida anterior y RD$6,500.00, las solicitudes posteriores.

También la tasa de RD$5,000.00, por la expedición de certificación con reserva de prioridad; RD$4,000.00, por  la expedición de certificación de derecho de propiedad vigente; RD$4,000.00, por certificación de para actualización parcelaria y registral, entre otros.

La ley 108-05, sobre registro inmobiliaria, en su artículo 117  otorga a la Suprema Corte de Justicia  el establecimiento de tasas por los servicios que preste la jurisdicción inmobiliaria, las cuales serán fijadas por la vía reglamentaria.

Este artículo está siendo criticado por abogados, que entienden que es contrario a la Constitución de la República.

La Constitución faculta al Congreso Nacional para el establecimiento de impuestos, cargas o tasas.

“Fíjate, que aunque esa ley fue aprobada por el congreso que le da esa facultad a la Suprema Corte de Justicia para el establecimiento de tasas, los poderes públicos y sus funciones son indelegables, por lo cual estamos trabajando para elevar un recurso de inconstitucionalidad en contra del referido artículo de la referida ley.