SANTO DOMINGO, República Dominicana. – Los magistrados Katia Miguelina Jiménez Martínez y Hermógenes Acosta de los Santos, del Tribunal Constitucional (TC), resaltaron los derechos colectivos y difusos en la Constitución dominicana de 2010 y en la jurisprudencia de esta alta corte durante el acto inaugural de la Feria Lex Unibe.
Los jueces Jiménez Martínez y Acosta de los Santos y los abogados constitucionalistas Amaury Reyes y Cristóbal Rodríguez integraron el panel “Los derechos colectivos y difusos” realizado en el auditorio de la universidad Iberoamericana (Unibe).
Durante su intervención, la doctora Jiménez Martínez expresó que antes de la reforma constitucional de 2010, la Carta Magna dominicana no contenía normas expresas que se refiriesen al medio ambiente en su conjunto. A partir de esa fecha se protege como un bien jurídico constitucionalmente consagrado, y entonces se crean las políticas de desarrollo sostenible de nuestra nación.
Indicó que la incorporación de lo ecológico como elemento constitutivo del Estado se manifiesta en el contenido del capítulo IV del título I de la Constitución (artículos 14 a 17) dedicado a los recursos naturales.
La magistrada dijo que esta noción se consolida en el artículo 66, de la sección IV correspondiente a los Derechos Colectivos y del Medioambiente, el cual establece: “El Estado reconoce los derechos e intereses colectivos y difusos, los cuales se ejercen en las condiciones y limitaciones establecidas en la ley”.
Manifestó que este enfoque también encuentra sustrato constitucional al estatuir que: “Toda persona tiene derecho, tanto de modo individual como colectivo, al uso y goce sostenible de los recursos naturales; a habitar en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo y preservación de las distintas formas de vida, del paisaje y de la naturaleza…”.
De su lado, el magistrado Hermógenes Acosta de los Santos habló sobre la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en materia de derechos colectivos y difusos, señalando que, aunque no son muy frecuentes, han sentado precedente en casos importantes.
Citó la sentencia número 16 de 2013 (la primera sobre estos derechos), relativa a un conflicto suscitado en Cayo Levantado, Samaná, en la que se estableció su carácter de dominio público.
También mencionó las sentencias sobre Loma Miranda, donde se quería explotar una mina que afectaría al medio ambiente y un grupo de personas hizo valer su derecho difuso, que quiere decir que no es de nadie pero pertenece a todos y el Estado está llamado a preservarlo.
Los abogados Amaury Reyes y Cristóbal Rodríguez hablaron sobre derechos colectivos y difusos en la Corte Interamericana de Derechos Humanos y los mecanismos de protección de los derechos colectivos y difusos, respectivamente.
Entre los asistentes a la actividad estuvieron el magistrado Jottin Cury David, juez del Tribunal Constitucional, Julio Amado Castaños Guzmán, rector de la Universidad Iberoamericana y otros funcionarios de esa casa de altos estudios.