SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional dio inicio al juicio de fondo contra Willy Antonio Javier, Pedro Alexander Sosa Méndez (Alex) y Joan José Féliz (Pinol), implicados en el ataque con “ácido del diablo” a  la joven Yocairi Amarante.

Durante la primera audiencia, la Fiscalía del Distrito Nacional realizó los interrogatorios a los testigos del caso, entre los que se encuentra la víctima, tras lo que las juezas Arlín Ventura, Leticia Martínez y Milagros Ramírez recesaron la audiencia hasta el próximo miércoles 25 de agosto, a las 2:00 de la tarde.

La fiscal litigante, María Silvestre.

El Ministerio Público dijo en una nota de prensa que la fiscal litigante, María Silvestre, interrogó a Yocairi Amarante, al chofer del carro público en el que ella se transportaba al momento de recibir la agresión y al ahora exoficial que realizó las investigaciones del caso.

Silvestre subrayó que "el órgano persecutor tiene una acusación de mucha fuerza, la cual permitirá solicitar la pena máxima contra los agresores de la joven".

Las indagatorias realizadas por el Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos Contra las Personas de la Fiscalía del Distrito Nacional indican que el imputado Willy Antonio Javier, expareja de Yocairi Amarante, ofreció RD$25,000 a Pedro Alexander Sosa Méndez para que perpetrara el ataque con “ácido del diablo”.

Esta es una mezcla de sustancias corrosivas que queman la piel y el tejido.

El documento acusatorio se sustenta en pruebas documentales, testimoniales, materiales, periciales e ilustrativas que comienza por detallar que el crimen se perpetró hace un año, el 25 de septiembre de 2020, mientras la víctima se desplazaba por el Ensanche Luperón en el asiento delantero de un carro público, tras salir de su trabajo.

Durante la audiencia, Yocairi Amarante y el conductor narraron lo que sintieron al momento del ataque y las secuelas que ambos han sufrido a partir de entonces, incluyendo cirugías en varias partes del cuerpo.

Estos hechos, según el Ministerio Público, están tipificados como asociación de malhechores, actos de tortura o barbarie, violencia contra la mujer, heridas y golpes voluntarios, delitos previstos y sancionados en los artículos 265, 266, 303, 303-4 (numerales 7 y 10), 309 y 309-1 del Código Penal Dominicano.