SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Las ARS, según ordena la resolución (457-05) conocida hoy, pero aprobada en la sesión ordinaria del jueves 12 de octubre de 2018 del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), deberán otorgar cobertura al donante de los procedimientos que corresponda.
El gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto, enfatizó en una nota de prensa que esta medida "garantiza la cobertura de la intervención médica del donante, la cual estará a cargo de la ARS del receptor y que, además, incluye la donación de órganos de cadáveres, lo que antes no estaba incluido”.
La disposición abarca los casos de extracción multiorgánica, en los que distintos órganos podrían estar dirigidos a distintos pacientes que estén afiliados a una misma ARS, o afiliados de diferentes ARS, o de diferentes regímenes.
Medida que incentiva a la ciudadanía a la donación de órganos
El funcionario destacó que esta resolución representa un avance en la ampliación de la cobertura del Seguro Familiar de Salud e incentiva a la ciudadanía a la donación de órganos, lo que evidencia, se felicitó, “el compromiso del Consejo Nacional de Seguridad Social de continuar fortalecimiento el Sistema”.
Pérez Modesto destacó que, con esta decisión, la entidad además aboga por una mejor calidad de vida de cientos de afiliados que urgen de un trasplante de riñón y que actualmente reciben diálisis.
Esta resolución le garantiza la cobertura al donante, lo que ahora es una demanda satisfecha de estos pacientes que padecen esta enfermedad de alto costo, sostuvo.
Informó que dicha resolución del Consejo detalla que en el caso particular de ARS SeNaSa, en el que pudieran coexistir receptor y donante en diferentes regímenes de financiamiento, los gastos imputables al procedimiento corresponderán a la cobertura del receptor, independientemente del régimen.
La resolución instruye a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) a gestionar la creación e instauración de un Mecanismo de Notificación Oportuna de casos de fallecidos y la consecuente disponibilidad de órganos, a los fines de garantizar la mayor oportunidad y condición óptima de los órganos a ser extraídos para fines de donación, en este caso a los afiliados al SDSS.
Para esto, advirtió, se debe coordinar con las autoridades reguladoras correspondientes, el Instituto Nacional de Coordinación de Trasplante (INCORT) y el Plan Nacional de Trasplante, las ARS y los Prestadores de Servicios.
La disposición establece que, dentro de los procedimientos correspondientes, las ARS garanticen de forma expedita la autorización para agilizar la extracción y la gestión oportuna de la donación, partiendo de que la autorización del servicio no puede limitar la extracción.
Además, teniendo en cuenta los casos en los que los equipos médicos y/o centros de salud no tengan vínculos contractuales con la ARS del receptor, que en todos los casos se requiere que el prestador cumpla con los requisitos establecidos en el Programa, y que los pacientes-receptores deben ser trasladados a centros autorizados y contratados para este fin.
Plazo no mayor a 120 días
La resolución solicita a la SISALRIL presentar ante el CNSS -en un plazo no mayor de 120 días- una propuesta que, en adición a las coberturas vigentes, garantice la cobertura integral del trasplante renal, tomando en cuenta las atenciones requeridas antes, durante y después del trasplante, tanto para el donante como para el receptor.
Dicho mandato no limita, advierte al respecto, la aplicación inmediata de la cobertura aprobada ahora por el CNSS.
República Dominicana acumula 3,372 donaciones-trasplantes entre 2004 y 2017, de los cuales 2,554 son de córnea, 750 de riñón, 41 de hígado y 3 de corazón, según cifras del Instituto Nacional de Donación y Trasplante (INCORT).